La legislatura sancionó ayer la Ley 7774 que modifica el artículo 4º de la ley 4190 eliminando el requisito del título de abogado para el defensor del pueblo adjunto, iniciativa de autoría de legisladores de ambas bancadas mayoritarias. Además, se aprobó una Resolución por la que se convoca a una jornada de consulta pública a la ciudadanía el día martes 5 de abril a la hora 9 con la finalidad de evaluar los antecedentes y calidades personales de los postulantes para cubrir los cargos de defensor del pueblo y defensor del pueblo adjunto.
El diputado Daniel Trabalón, expresó “respecto del Proyecto de Ley estamos de acuerdo que es necesario debatir sobre las condiciones que debe tener el defensor del pueblo adjunto, no estamos de acuerdo en tratarlo hoy –por lo que mocionó su mantenimiento en cartera-; y en lo referido al proyecto de Resolución, ya lo venimos debatiendo en la comisión de Legislación General y si bien tenemos algunas diferencias respecto a la fecha vamos a acompañar la realización de una jornada para que los postulantes expliquen sus propuestas y la sociedad pueda evaluar”.
Carlos Martínez respaldó ambas iniciativas y recordó “nosotros desde el bloque Libres del Sur presentamos el proyecto de Resolución 516/16 por el que pretendíamos que se convocara a una audiencia pública, amén de escuchar a los aspirantes a Defensor, la audiencia pública nos obliga a fundar nuestra decisión -si bien no es vinculante- pero soy consciente que los plazos no nos ayudan, se vence el plazo del actual titular y es pertinente acompañar este iniciativa, voy a solicitar, por guardar el mismo espíritu de escuchar a la sociedad, que este proyecto se acumule al mío”.
Raúl Acosta acompañó las propuestas en los dos casos y observó “me parece bien que el título de abogado no sea obligatorio porque dejamos afuera a mucha gente que podría estar representando bien a los intereses del pueblo”.
Rubén Guillón, en igual sentido anticipó el acompañamiento y recordó “el 7 de marzo presenté el proyecto 352/16 donde pretendemos modificar sustancialmente la ley, planteando que quede instituido un mecanismo permanente y se pueda convocar públicamente a concurso de antecedentes y oposición, y a una audiencia pública para que los candidatos expongan sus esquemas de trabajo; queremos democratizar esta figura y lo que la gente nos plateaba es que el instituto del Defensor del Pueblo el la voz que defiende sus derechos, y es un contrasentido que el pueblo no lo conozca, sería bueno un compromiso de la Cámara de estudiar este proyecto”.
“Sin resignar este proyecto –manifestó- en esta etapa coyuntural acompaño que se pueda llevar adelante esta consulta, para que el que se crea idóneo pueda presentarse a la sociedad chaqueña y que podamos conocer sus antecedentes y tengamos una radiografía de su vida”.
Ricardo Sánchez resaltó la importancia de “escuchar a los candidatos, adhesiones e impugnaciones a las candidaturas, y nos parece interesante que este Recinto sea el ámbito natural, proponemos un plazo de 10 minutos para que expongan brevemente su visión sobre el funcionamiento del Instituto y de que manera es capaz de mejorar la tarea que se viene haciendo”. Recordó que “la Constitución nos impone ejercer la facultad de reglamentar el instituto del Defensor del Pueblo y la designación de los dos tercios de la cámara de diputados, lo que obliga a acuerdos parlamentarios que exceden a esta bancada, y que nadie a caballo de una mayoría imponga un candidato”.
En cuanto al Proyecto de Ley explicó que “la ley 4190 en el art 4 establecía que el defensor adjunto era una suerte de patrocinante del defensor del pueblo titular, a partir de allí, en esa función técnica se incluyó este requisito que es que el defensor adjunto sea abogado, sin embargo, en la práctica no se cumplió el objetivo deseado; no por las calidades personales del hoy defensor adjunto, sino que el instituto va mucho más allá de los que hoy están y tiene que ver con la defensa de la sociedad en los errores que tiene el Estado”.
“Entendimos –puntualizó- que el papel del adjunto no tiene que ver con esa función técnica de patrocinante del defensor general sino una función de asesoramiento, de trabajo conjunto, patrocinado por el personal técnico, los abogados de la defensoría del pueblo. Por esto estamos de acuerdo en que el defensor del pueblo adjunto tenga las mismas condiciones que las del defensor general, sin ningún aditamento como lo dice la Constitución”.
Roberto Bracone señaló “estamos en tiempos nuevos en la política y me gusta cuando tratamos temas como este que hacen al bien común, quiero decir que mi voto es positivo de acuerdo con lo acordado con nuestro Presidente, pero espero que sea la última vez porque creo que la Cámara tiene cosas muchas más importantes que tratar que quién debería ser el defensor del pueblo, y debería ser elegido por el propio pueblo, creo que sería un avance cuantitativo y cualitativo para que la gente pueda decidir por si misma”.
Hugo Sager señaló que “estas iniciativas tienen que ver con la importancia que el pueblo le dio al instituto del defensor, hay que reconocer la voluntad republicana y al mismo tiempo la sabiduría de los constituyentes que modificaron la Constitución en 1994 cuando crean esta figura. Es responsabilidad constitucional y de esta Cámara corregir los errores y limitaciones que se le puedan poner a los ciudadanos que aspiran a ser defensores del pueblo”.