El ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Rogelio Frigerio, y el gobernador de Chubut, Mario Das Neves, firmaron hoy un acuerdo para la devolución escalonada del 15% en materia de Coparticipación Federal para la provincia.
Una vez que el Congreso Nacional y la Legislatura provincial refrenden el convenio, se terminará con el actual esquema fijado en 1992.
«Este miércoles vamos a juntarnos con todos los gobernadores para avanzar en una enorme agenda de temas que tenemos para trabajar en pos de un país más federal. Después de 12 años de unitarismo y concentración de poder y recursos, el presidente Mauricio Macri ha decidido convocar a todas las provincias para poner en discusión el tema de la coparticipación, y en esa línea hemos trabajado desde el ejecutivo en éstos cinco meses de gestión», señaló Frigerio.
Chubut es la segunda provincia en alcanzar un acuerdo para la devolución del 15% luego de que la provincia de Jujuy también firmara un convenio similar. La devolución del 15% será en forma progresiva y escalonada durante los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, a razón de 3% anual. A partir de 2020 y en adelante, la detracción por parte de la Nación será de 0%.
Hasta 2019, la Nación podrá compensar, de la masa de impuestos coparticipables devuelto anualmente, los créditos que respecto de la Provincia ostente a su favor, pero esa compensación no podrá superar el 50%.
Si en 2020 la Provincia tuviera deudas remanentes con la Nación que pudieran ser objeto de compensación con los créditos en concepto de Coparticipación Federal, la compensación no podrá afectar más de un tercio de los ingresos que se generen a favor de la Provincia.
Además, la Nación generará instrumentos necesarios y/o instruirá, en su caso, al Fondo de Garantía de Sustentabilidad, para que se otorgue a la Provincia un préstamo que será equivalente a seis puntos porcentuales en el año 2016 (si no se aplicara la detracción del 15%), y de un monto equivalente a tres puntos porcentuales para cada uno de los períodos 2017, 2018 y 2019.
A los fines de la determinación de cada desembolso, se tomará la proyección de recaudación nacional prevista en la Ley Anual de Presupuesto y el aumento o reducción que corresponda en virtud de la recaudación efectivamente ocurrida al 31 de diciembre de cada año, aumentará o reducirá, respectivamente, el desembolso del año siguiente.
Los intereses de dicho préstamo no se capitalizarán y se devengarán a partir del día de cada desembolso, se pagarán semestralmente y se calcularán con una tasa del quince por ciento (15%) anual vencida para el año 2016 y 2017, y del 12% anual vencida para el año 2018 y 2019.