La Cámara de Diputados del Chaco aprobó la Ley Nº 7784/16 donde se establece la modificación del Artículo 321 de la Ley 3529 Estatuto del Docente (Ley 5125), incorporando la propuesta del diputado provincial Roy Nikisch sobre la “Licencia extraordinaria docente”.
El diputado Nikisch marcó que “dentro de las modificatorias de la Ley, se incorporó una parte del proyecto de Ley que habíamos presentado para tal fin y se refiere específicamente a que una vez emitida la correspondiente certificación de servicios y aportes, por parte de la Dirección correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, este deberá informar a la institución escolar para la notificación al docente que cesará automáticamente en el usufructo de esta licencia, debiendo el docente reintegrarse a su tareas habituales dentro de la cuarenta y ocho horas (48) horas”.
El legislador provincial destacó que “la propuesta se presentó ante “el constante reclamo de la comunidad educativa por las excesivas demoras que soportan para obtener las correspondientes Certificaciones de Servicios y Aportes, de parte del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología”.
“Esta falta de respuesta por parte del Ejecutivo provincial a docentes en condiciones de acceder al trámite de la jubilación ordinaria, tratamos de enmendar con nuestra iniciativa legislativa, a través de una licencia extraordinaria que se le otorgará a quienes tengan los años de servicios para acceder a su jubilación y caducará una vez emitida la correspondiente certificación de servicios y aportes, por parte del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y notificada fehacientemente la Dirección del Establecimiento al cual pertenece el docente. Considero que esta modificatoria de la Ley mitigará la angustia y la zozobra de quienes están involucrados en estos interminables trámites”, aseguró finalmente.