Lo decidió la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que siguió con el planteo de la Fiscalía Federal y cambió la causa de «apremios ilegales» por la de «torturas agravadas por el resultado de muerte».
El caso de la muerte de Maximiliano Duarte, un interno de la Unidad Penitenciaria Federal U7, en 2012, sigue dando que hablar. Es que ahora, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia decidió confirmar el procesamiento de tres penitenciarios como los autores materiales de la golpiza que recibió el individuo antes mencionado y que posteriormente le provocó la muerte.
Sobre este hecho se había expedido la jueza Zunilda Niremperger en 2015, cuando procesó a los uniformados sin prisión preventiva y bajo la causa de «apremios ilegales». Seguidamente, Patricio Sabadini apeló la decisión de Niremperger ante la Cámara Federal y solicitó que se cambie la carátula por la de «tortura agravada por el resultado de muerte» y exigió la prisión preventiva.
Hace algunas semanas, TN24.com.ar informó sobre el tema y expuso que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia aceptó el pedido del fiscal Sabadini y cambió la carátula. Esto conlleva a que las penas previstas para los acusados sean más duras, y se contempla la cadena perpetua.
A partir de la recolección de diferentes elementos probatorios, la justicia resolvió que «surge que en el procedimiento de requisa que culminara en la internación del interno Maximiliano Duarte y que diera origen a la presente imputación, el mismo resultó lesionado en una proporción que denota el exceso en la fuerza estrictamente necesaria para realizar el procedimiento de rutina más allá de la resistencia que pudiera haber opuesto el interno al intentar correr, dado su estado de somnolencia, todo ello según testimonios aportados, y que concluyera sin solución de continuidad en el deceso del mismo».
Asimismo, aseguraron que «las lesiones producidas a Duarte configuran torturas reforzando tal postura el hecho de que las mismas han ocurrido dentro de un establecimiento penitenciario y teniendo suficiente entidad a los efectos de provocar el deceso de Duarte». Con respecto a los acusados, los camaristas expusieron que «deberían ejercer el rol de custodia y salvaguardar la integridad física de los sujetos privados de libertad», cosa que finalmente creen que no hicieron.
«Así, la combinación de diferentes comportamientos vejatorios o la reiteración de algunos a lo largo del tiempo puede constituir tortura en el caso concreto, teniendo en cuenta el estado de detención y la permanencia del sujeto, así como la indefensión, circunstancias que claramente acontecen en autos», sentenciaron los funcionarios judiciales.