Castelli: Arnaldo Soria «Dejen transportar los productos alimenticios regionales a los pequeños productores»

Interior

Déjenlo transportar,son productos alimenticios regionales, se los incautan, la ley dice, saquen los chivos, chanchos, huevo manifestó Soria.

Hablamos de sentido común, hablamos que nuestros pequeños productores los crían, los quieren transportar corneado y en muchos casos para sus hijos estudiantes, familiares que habitan en el área urbana, en muchos casos para consumo propio, en otros casos para alguien conocido, pero en resumen el ex diputado provincial, ex concejal, ex candidato a intendente por el PRO Arnaldo Soria elevó una nota al concejo deliberante local solicitando que por medio de ordenanza dejen que los habitantes rurales trasladen ganado menor con autorización local desde sus campos hacia la ciudad.

 

Les quitan cuando trasladan
El pedido de Soria se basa a varios reclamos radiales de productores, reclamos que le hicieron llegar a él solicitando los acompañe en el pedido hacia las autoridades, ya que según dicen los productores que en muchos casos controles de las fuerzas del orden les sacan lo que transporte porque no está permitido carnear y transportar los mismos, a excepción que reúnan los requisitos del SENASA, cámara de frío, transporte adecuado, luego que le sacan dicen que lo envían al zoológico de Sáenz peña o que lo queman porque el alimento no es apto para consumo humano.

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Sentido común

Es importante destacar que desde los organismos legislativo deben hacer sentir el sentido común y deben saber que muchas de estas personas crían chivos, chanchos, gallinas para consumo y para sobrevivir ante la gran crisis que afecta a nuestro país, más se escucha a voces que tampoco los dejan transportar leña en carro o en acoplado chico, leña que se utiliza hoy en muchos hogares por la escases del Gas.

 

El pedido Sentido común, ante todo, por nuestros productores

 

Arnaldo Soria en la nota que eleva al honorable concejo deliberante local , donde también pide que una vez aprobada la ordenanza eleven a la honorable cámara de diputados de la provincia del Chaco, para su tratamiento, la misma dice:
“Señor Presidente del Concejo Don Pio Sander , De mi consideración: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Y por su digno intermedio a los demás miembros del Concejo, a los efectos de hacerles llegar una idea, la cual pongo a consideración, para que sea analizada en sesión ordinaria del Concejo Deliberante y, si se considera viable y pertinente, se plasme en RESOLUCION y sea remitida a la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Provincia, con pedido expreso a los Señores Diputados para que la conviertan en ley, en el menor tiempo posible”.

 

“Como es de conocimiento del todos los integrantes del Concejo, existe un problema de muy vieja data, que afecta a los habitantes de la zona rural de nuestro ejido Municipal, al igual que al de toda la zona rural de la Provincia. Todos conocemos que nuestros vecinos que viven en el campo, tienen para su consumo y supervivencia familiar, ganado menor. Chivos, gallinas, pavos, cerdos, al igual que huevos y hortalizas diversas. Esta costumbre de producir lo que se consume, es de siempre, de nuestros abuelos y no se trata de un pasatiempo, se trata nada más y nada menos, de asegurar el alimento básico para la familia”.

 

Hoy nos encontramos que leyes Provinciales, tal vez sancionadas y promulgadas sin el sentido común (necesario para dictar una ley) o tal vez en otra situación económica de la Provincia, prohíben que el hombre de campo, pueda transportar los alimentos de su propiedad, anteriormente mencionados a la ciudad, donde también tienen sus casas o viven sus familiares.

 

Esta norma impuesta por las autoridades Provinciales, es totalmente injusta y no resiste el menor análisis para que siga vigente, Porque no solo viola, con su incautación, la propiedad legitima de los vienes de sus propietarios, sino que viola un derecho constitucional muy claramente expuesto en los Artículos 10/11/14/14bis de la constitución Nacional. Los principios, garantías y derechos reconocidos en los artículos mencionados no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. Artículo 29 de la Constitución Argentina. (sugiero leer) Pero más allá de todos los argumentos que se puedan esgrimir en esta discusión, las leyes y normas que imponga un Gobierno.

No son palabra de Dios, pueden ser cambiadas o reformadas o derogadas, según criterio de las autoridades, y las circunstancias y necesidades del Pueblo, o como en este caso, por pedido de un concejo Municipal que conoce de cerca la problemática y necesidades de sus vecinos.

Por estas razones y por la urgencia que amerita dar una solución a miles de familias rurales en este tema, consideré oportuno brindar esta idea al Concejo de Castelli, para que lo trate de manera preferencial. SUGIERO: Redactar un proyecto de RESOLUCION donde quede expresado de manera clara, este despropósito que viven los hombres de campo.

Pidiendo a los Sres. Diputados, que se respete la Constitución, que analice el pedido del Concejo y que dicte las normas justas y necesarias para recomponer de manera inmediata esta injusticia de la que es víctima la familia rural Chaqueña.

Sugerencias: se podría instrumentar una guía sin costo, que la otorguen las Municipalidades, a pedido de los productores, donde conste que tipo de mercadería transportaría y desde que origen y a que destino, para que vale de forma legal el transporte de la misma y sirva para ser mostrada ante autoridades en el caso que la requieran.

Sr. Presidente. Quedo a su entera disposición al igual que a los de los Sres. Concejales, para ampliar o argumentar en detalles los fundamentos de dicha idea. En la seguridad que tanto Ud. Como los Señores Concejales coinciden con la misma, les deseo el mayor de los éxitos en la gestión. Sin otro motivo me despido de Ud. Muy cordialmente.
Arnaldo Argentino Soria.

Por: Javier Insaurralde.

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