El defensor del pueblo, Gustavo Corregido, se expresó mediante una carta: “Mora judicial vs. Interés general de la población”.
“Como órgano de control de la administración, encargado de velar por los derechos de los chaqueños y en el ejercicio de las competencias asignadas como defensor del Pueblo, cuestiono determinadas decisiones de funcionarios públicos que afectan los derechos de los usuarios y consumidores.
Por falta de respuestas en sede administrativa no ha quedado otro remedio que recurrir a la Justicia a los fines de cuestionar dichas decisiones por considerar que existían irregularidades que afectan a la legalidad y en algunos casos la constitucionalidad de determinados actos de gobierno.
Cuando no se pueden obtener respuestas o soluciones mediante el diálogo y la gestión personal, necesariamente debe recurrise a la Justicia ya que son los jueces los que tienen la atribución de aplicar la Constitución y las leyes en los casos contenciosos particulares imprimiéndole la celeridad que el caso amerite.
Desde hace cuatro años la Defensoría del Pueblo peticiona a las autoridades provinciales, municipales y nacionales la realización de audiencias públicas previas a la adopción de determinadas decisiones que tienen gran impacto en los chaqueños como ser aumentos en la tarifa de energía, transporte interurbano de pasajeros, telefonía, aumento de peaje entre los más importantes, pero nos encontramos con la demora de algunos jueces en resolver medidas cautelares de gran impacto social.»
Varios años de casos sin resolver
«En un repaso por los casos planteados por la Defensoría del Pueblo que aún restan resolver en instancia judicial, debemos recordar que hace tres años se presentó un amparo contra el Poder Ejecutivo de la Nación por el mal desempeño de las empresas de telefonía celular. En el mismo, pedimos que los centros de atención al público estén presentes en cada una de las ciudades de la provincia, para que la gente pueda tener acceso a un lugar donde reclamar personalmente y no caer en respuestas automáticas de call center, donde muchas veces no se entienden particularidades del caso. Asimismo también pedimos que se detallen cuáles son las inversiones que las empresas están obligadas a realizar y fundamentalmente insistimos en que se pueda acceder a un servicio de calidad como el que ofrecen en las publicidades y por el cual les cobran a los usuarios.
En relación a esto, es necesario resaltar que por falta de respuesta judicial, recién nos encontramos en una etapa de apertura de la causa a prueba, después de tres años de la sustanciación de una acción de amparo – proceso caracterizado por su celeridad que no admite demoras – generando un conflicto enorme porque los usuarios no pueden comunicarse correctamente ni utilizar la transferencia de datos que les cobran todos los meses, produciéndose un enriquecimiento por parte de estas empresas que permanecen ajenas al control de la Justicia.
Por otro lado, quiero recordar también que hace tres años iniciamos una acción de amparo contra el aumento de la tarifa de transporte público de pasajeros en el servicio Chaco – Corrientes, demorándose por parte de un ex magistrado la resolución del caso, porque rechazó demanda en primera instancia y tuvo que ser resuelto por la Cámara Federal de Apelaciones que dio la razón a la Defensoría del Pueblo y anuló el acto administrativo que había dispuesto el aumento del precio del boleto. Al día de hoy, el precio de la tarifa no fue retrotraída y los usuarios siguen abonando un precio que no corresponde, ya que la decisión judicial se encuentra firme, originándose un nuevo interrogante, respecto a que se pasará con el dinero que las empresas les cobran a los usuarios ilegítimamente.
El fallo precedentemente mencionado, denota gran importancia ya que fue la primera vez que dicha Cámara reconoció legitimación al defensor del Pueblo para demandar al Estado Nacional y se expidió sobre la ilegalidad de la decisión de la administración nacional por falta de audiencia pública.
Bajo argumentos similares, hace aproximadamente un mes instauramos una acción de amparo y medida cautelar contra el Ministerio de Energía de la Nación por el aumento en la tarifa de energía, pidiendo que se declare la inconstitucionalidad de la resolución y se ordene al Estado Nacional, que previo a la disposición de aumento en el precio de la energía para la provincia del Chaco, se convoque a una audiencia pública. Sin embargo tenemos que lamentar que este amparo aún no tiene asignado un juez federal.
Un tema que hizo ruido esta semana, es el peaje que funciona en el puente interprovincial General Belgrano, cuyo aumento de tarifa fue cuestionado judicialmente por la Defensoría del Pueblo, solicitando la declaración de nulidad del acto administrativo que dispuso dicho incremento por no reunir los elementos esenciales que hacen a la validez del mismo, los cuales se encuentran expresamente establecidos en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos como ser motivación y objeto lícito. Asimismo peticionamos que previo al aumento de la tarifas se convoque a una audiencia pública a los fines de posibilitar la participación efectiva de los usuarios en los términos del Art. 42 de la Constitución Nacional. La demora que venimos cuestionando hace semanas, está produciendo hechos preocupantes como el constante reclamo de los usuarios en las garitas de peaje y ello deja abierta la posibilidad de disturbios entre los usuarios con trabajadores del peaje y entre ellos mismos por el alto nivel de irritabilidad.
La mayoría de los planteos que formulamos a la Justicia tienen que ver con la falta de audiencia pública previo a la adopción de medidas que afectan a los ciudadanos. Cabe precisar que el año 1994 los constituyentes incorporaron en el texto del Art. 42 del texto magno, la garantía de oír al interesado (con acceso al expediente, debate y prueba, control de la producción de la prueba, alegato y decisión fundada sobre los hechos alegados y probados), antes de dictar una decisión que pueda afectar sus derechos: esto se garantiza con las audiencias públicas que estamos requiriendo.
La realidad marca que la Justicia Federal enfrenta el problema de tener déficit de jueces, pero debemos señalar un alerta porque la falta de resolución de estos casos eleva la incertidumbre de los ciudadanos ergo los niveles de conflictividad social. Insistimos en que las sentencias en distintas partes del país y en la Cámara Federal de Resistencia han establecido como requisito constitucional de validez de las decisiones de la administración, la celebración de una audiencia pública previa y esa es una condición en la que vamos a seguir insistiendo desde la Defensoría del Pueblo hasta que se cumpla en todo y cada uno de los ámbitos donde afecte los intereses de los usuarios, tal como lo hicimos años atrás contra SECHEEP , Ministerio de Transporte de la Provincia, Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, Municipalidad de Resistencia , Comisión Mixta del Transporte Municipal , Ministerio de Transporte de la Nación y el Poder Ejecutivo Nacional, en los cuales obtuvimos sentencias favorables.»