Banda narco que comercializaba cocaína en Chaco y Corrientes fue condenada

Policiales

El Tribunal Oral Criminal Federal de la Ciudad de Resistencia condenó a cuatro imputados por comercializar cocaína en Chaco y Corrientes, con penas de entre cuatro y siete años de prisión. Además, el Tribunal absolvió a otros dos imputados, por falta de pruebas.

El Tribunal Oral Criminal Federal impuso las penas de siete años de prisión para Natalia Lorena Romero, como coautora de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por el concurso de personas en concurso real con del delito de transporte con fines de comercialización; a seis años para Demetria Armoa y Sabrina Abila Armoa por tenencia con fines de comercialización agravado por el concurso de personas, y también a seis años y medio para Claudio Iván Di Benedetto como coautor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por el concurso de personas.

 

La investigación, comenzó en el año 2014, cuando una persona se entrevistó con la División Inteligencia del Departamento de Drogas Peligrosas y alertó que Romero y su hija Julia comercializaban drogas las 24 horas, donde se estableció que Romero viajaba con frecuencia a otras provincias a fin de abastecerse de cocaína, y también se pudo observar una gran cantidad de concurrentes a su hogar, que ingresaban y se retiraban del lugar a los pocos minutos tras ser atendidos.
Junto a esta información más la intervención de dos teléfonos celulares, se dispuso observar su domicilio y también establecer un control de ruta en la localidad de Makalle el 1 de marzo de ese mismo año.
Mediante este proceso de investigación pudieron localizar diferentes puntos de comercialización; lograron dar con Demetria Armoa y Nadia Sabrina Abila Armoa, y Claudio Iván Di Benedetto.
El 3 de junio de este año comenzó la audiencia de debate en el Tribunal Oral. Luego de varias audiencias y testigos, el debate finalizó con una sentencia en la que los magistrados respetaron las penas solicitadas por el fiscal Federico Carniel, junto con la absolución de Duete y Aguirre, al considerar que existía orfandad probatoria.

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