La Subsecretaría de Defensa al Consumidor de la provincia del chaco recuerda la “obligatoriedad para los comercios de que los tickets y facturas emitidos al consumidor final tengan impreso el teléfono gratuito del organismo” según la ley provincial n° 6558”.
LEY PROVINCIAL Nro. 6558
ARTÍCULO 1o: Dispónese la impresión en las facturas y tickets a consumidores finales emitidos dentro del territorio de la Provincia del Chaco, en forma legible y destacada, del número de teléfono gratuito para comunicarse con la Dirección de Comercio Interior de la Provincia del Chaco o el organismo que en un futuro lo reemplace. Hasta tanto se produzca la impresión de los nuevos talonarios de facturas, por parte de los señores comerciantes, la información requerida con carácter de obligatoria será colocada con un sello.
ARTÍCULO 2o: La impresión o el sellado deberán manifestar la siguiente leyenda: «Dirección de Comercio Interior — Teléfono 0800-444-3346».
ARTÍCULO 3o: El incumplimiento de las disposiciones anteriores será sancionado según lo establecido en el régimen de la ley nacional 24.240 y la ley 4147.