La subsecretaría de Defensa al Consumidor informó que tras una denuncia efectuada por un usuario damnificado en la entidad estatal, quedó firme la sanción oportunamente aplicada a la firma La Caja Seguros SA, con la que deberá resarcir con 85.000 pesos a dicho asegurado, por desentenderse por completo de la prestación del servicio contratado.
Si bien la decisión fue apelada por esta última, la conducta evaluada a la luz de la normativa de fondo, Artículo 42° de la Constitución Nacional; 47° de la Constitución Provincial; Código Civil Argentino y disposiciones de la Ley N° 24.240, evaluadas con el conjunto de pruebas en las actuaciones, y la conducta asumida por las partes en conflicto, no dejaron margen de duda en que la infracción existía y merituaban una penalidad.
Por otro lado, la subsecretaría de Defensa al Consumidor, comunicó también que por Disposición N° 000378/14 se le impone a la firma Sebastiani S.A, una multa de 80.000 pesos, por infracción a los Art. 17° «reparación no satisfactoria»; 19° «modalidades de prestación de servicio» y 40° «responsabilidad por daños» de conformidad al Art. 47° «sanciones» inciso b) de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa al Consumidor.
La resolución también sanciona a la firma Volkswagen S.A, por infracción a los Art. 18° «vicios redhibitorios» y 40° «responsabilidad por daños» de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa al Consumidor. Cabe precisar que en relación a la sanción impuesta por esta norma, se aplica una multa de $150.000.