El organismo judicial rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por los herederos de Manuel Roseo.El Superior Tribunal de Justicia, a través de la Sentencia Nº 238/16 rechazó la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 7317 y el Decreto Nº 2747/13, presentada por los herederos de Manuel Roseo, quienes alegaban la trasgresión de los artículos 2, 4, 41 y cc. de la Constitución Provincial y artículos 3, 13, 41, 75 y 124 de la Constitución Nacional y en contradicción con lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 22351.
En el comunicado de prensa de la Justicia chaqueña se expresa la transferencia a Nación de la jurisdicción, además del dominio de la estancia “La Fidelidad” para la creación del parque nacional “El Impenetrabe”. La conclusión a la que llegaron los jueces es que: “La creación del parque nacional es una de las opciones válidas que posee el gobierno para hacer efectivos los altos fines de preservación y conservación en el territorio de La Fidelidad, tal como se desprende de los argumentos que dieron sustento a todo el procedimiento, iniciado en 2011 con la creación de la Reserva Natural La Fidelidad”.