La Defensoría del Pueblo pide que los municipios se adhieran a la Ley de Tenencia de Perros Peligrosos

Sociedad

La Defensoría del Pueblo del Chaco recomendó a todos los Concejos municipales de la provincia que dicten las ordenanzas de adhesión y regulación de la Ley N° 6798 de Tenencia de Canes o Perros Peligrosos y su Decreto Reglamentario N° 2725/15.

En el documento presentado, se resalta que el objetivo es “establecer la normativa aplicable para hacerla compatible con la seguridad de las personas y de otros animales”.

“Actualmente se encuentra vigente la demanda de la comunidad sobre la urgente reglamentación e instrumentación de la ley y esto se puede ver en los casos que son divulgados a través de medios periodísticos, sobre los ataques de este tipo de animales a ciudadanos. Es por ello que para hacer efectivo el cumplimiento de lo establecido en la misma y en su decreto reglamentario, resulta primordial la adhesión a través de la sanción de las correspondientes ordenanzas por los Concejos Municipales”, explicó el ombudsman, Gustavo Corregido.

 

La legislación en cuestión determina que la tenencia de canes o perros denominados peligrosos estará condicionada a la obtención de una licencia administrativa y crea el registro de propietarios de estos animales. En ese marco, para que la reglamentación de esta norma se concrete, es necesario que los municipios dicten las medidas administrativas para el desarrollo de la ley, como ser reglamentación de los registros de tenencia, otorgamiento de licencias, evaluación de los titulares, certificación de la aptitud física y psicológica de los mismos, creación de los centros de reconocimientos entre otros.

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