Diputados radicales proponen crear el municipio de El Sauzal

Interior

Sería el municipio número 71° en la Provincia.Los diputados radicales Ana María Canata, Pablo Curin, Claudia González y Roy Nikisch, mediante proyecto de ley 4494/16, pidieron la creación, sobre parte del territorio del departamento General Güemes, del municipio de tercera categoría El Sauzal que actualmente depende administrativamente del municipio de El Sauzalito.

Conociendo El Sauzal

El Sauzal es una localidad situada en el norte del Chaco que depende administrativamente del municipio de El Sauzalito, de cuyo centro urbano dista unos 24 kilómetros. Es una de las localidades del denominado interfluvio Teuco-Bermejito, hallándose a tres kilómetros del río Teuco. Su principal vía de comunicación es la ruta provincial 3, que la vincula por un camino de tierra al sudeste con Wichí y al noroeste con El Sauzalito y Salta. También, a través de la ruta provincial 9, que finaliza en la cercana localidad de Wichí. Consta de 380 casas y 1.550 habitantes.

“Lograr la municipalización de esta localidad significa el reconocimiento de sus derechos, una herramienta de gestión que les permitirá directamente a través de sus representantes gestionar una mejor calidad de vida para todos sus habitantes”, afirman los autores.

En el articulado determinarán que el Poder Ejecutivo, en coordinación con la Dirección Provincial de Catastro y Cartografía, el Instituto de Colonización, el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Instituto del Aborigen Chaqueño (Idach), asociaciones y cooperativas Indígenas y todo otro organismo técnico necesario, proyectará los límites del ejido municipal creado por el artículo 1 de la presente. Posteriormente se enviará a la Cámara de Diputados el proyecto de ley para incorporar al artículo 1 de la Ley 257 y modificatorias de ejidos municipales de la provincia, el municipio de El Sauzal, de acuerdo con lo establecido por los artículos 4 y 5 de la Ley 4233 – Orgánica Municipal y el artículo 186 de la Constitución Provincial (1957-1994).

Transitoria

Como disposición transitoria determinan que la autoridad con competencia electoral tendrá intervención, a los fines de determinar el circuito electoral para la constitución de las primeras autoridades municipales, en virtud del decreto 262/2011, del Poder Ejecutivo provincial.