Gutierrez solicita creación de registro de estudiantes del sistema de educación superior de la provincia

Sociedad

Un nuevo proyecto de ley presentado por el diputado del bloque de Cambiemos, Livio Gutierrez, es el PL Nº 4194/16 donde solicita la creación en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco el Registro de Estudiantes del Sistema de Educación Superior de la Provincia del Chaco.

En nuestra provincia la educación superior incluye a 37.079 alumnos que cursan carreras en institutos superiores. El objetivo, tanto en formación profesional como en tecnicaturas superiores, es consolidar los 36 Institutos de Educación Superior y las 36 Unidades de Extensión de Servicios en las diferentes localidades del territorio provincial, atendiendo las demandas presentadas de acuerdo con las particularidades del contexto.
Gutierrez señala en los fundamentos que si se contempla tanto a aquellas personas que estudian dentro del territorio provincial, como a aquellos que se trasladan para hacerlo fuera de él, se alcanza un importante volumen que aún no ha sido analizado y sistematizado en su conjunto (tomando como base los datos de las matriculas de las instituciones educativas de la provincia disponibles al público se puede estimar que al menos asciende a 50 mil el número de estudiantes terciarios/universitarios).
“Cada institución cuenta con su registro de estudiantes, pero no se cuenta con una herramienta que centralice y permita conocer certeramente cuantos habitantes de la provincia cursan estudios superiores” afirmó Gutierrez.
Señala en los fundamentos del proyecto que la implementación de un registro unificado brindará datos concretos que ayudarán en la planificación de estrategias de promoción de la educación superior como derecho y mecanismos complementarios de apoyo tales como comedores, clubes, residencias, becas, subsidios, transporte, entre otros servicios para estudiantes.
El legislador detalla que se pretende contribuir al desarrollo humano y por consiguiente a la promoción de una mejor calidad y cuidado de la vida de los estudiantes, colaborando con las políticas de bienestar y desarrollo estudiantil, entendidas como acciones, procedimientos, herramientas, que posibilitan la inclusión, facilitando el acceso, la permanencia y el egreso de la formación educativa de manera justa e igualitaria. En un nivel más general, los alcances del registro propuesto son importantes para contribuir con los objetivos establecidos por las Metas del Milenio, la Declaración Mundial sobre la Educación para Todos, y con lo planteado por la Organización de Estados Iberoamericano en el documento “Metas Educativas 2021: la educación que queremos para la generación de los bicentenarios, en torno a la democratización en el acceso, permanencia y egreso en la Educación Superior”.
El registro será respetuoso de la autonomía de cada una de las instituciones que lo compongan al mismo tiempo que resguardará la privacidad de los datos personales de los estudiantes y la
autoridad de aplicación será la Dirección General de Planeamiento y Evaluación de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia.
El registro contará con las obligaciones de :

a. Llevar en forma actualizada un registro de todos aquellos habitantes de la Provincia que cursen estudios superiores, universitarios y no universitarios, del ámbito público y privado. Se deberá registrar apellido, nombre, DNI, localidad de origen, localidad de estudio, institución a la que pertenece, año de ingreso a la carrera, año de ingreso, como así también toda otra información que pueda ser provista por las instituciones adherentes al registro, todo ello bajo el amparo de los datos personales establecidos por la Ley Nacional Nº 25.326 y la ley provincial 4.360 .
b. Rubricar e instrumentar acuerdos programáticos de transferencia de información con las instituciones educativas que tengan asiento en la Provincia, como así también con aquellas emplazadas en el resto del país y que tengan una significativa matricula de alumnos oriundos de la Provincia del Chaco.
c. Remitir informes a los organismos de gobierno que así lo requieran, como así también a las instituciones educativas adherentes.
d. Desarrollar estrategias para la obtención y sistematización de datos concernientes a aquellos chaqueños que pertenezcan a instituciones educativas con las cuales no se lleven adelante los convenios establecidos en el inciso anterior.

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