Nikisch insiste en que le devuelvan el 30% de los fondos de la Ley 3565 a los Consorcios Camineros

Politica

El presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados del Chaco Roy Nikisch volvió a insistir que «es necesario que le devuelvan el 30% de los fondos de la Ley 3565 a los Consorcios Camineros para que no se resienta el desenvolvimiento de las entidades camineras.  Ante esto, la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados solicitó opinión a la Dirección de Vialidad Provincial y a la Asociación de Consorcios Camineros y solo se recibió respuesta de la DVP quien contestó expresando su desacuerdo”.

El legislador señaló que se le restituya como fue originariamente la conformación del Fondo específico para los Consorcios Camineros, es decir, el 10% sobre la base de la liquidación de los ingresos brutos y no el 7% como es ahora, luego de la reforma a la Ley 3565 del año 2012 que el Gobierno provincial llevó adelante».

 

«Desde la Asociación de Consorcio Caminero, se sostiene que llegaron a un acuerdo con el gobernador para que el Ejecutivo a través de un convenio con la DVP destine recursos a partir del 2017 por el equivalente a un (1) punto de los 3 quitados oportunamente con la reforma de la ley, los que serán destinados para la construcción de puentes, equipamiento pesado y ripio».

 

«Este acuerdo  significa que los consorcios deben resignarse a no recuperar nada menos que el 30% de sus recursos que por Ley 3565 del año 1990 les corresponde y respetada por las cinco administraciones provinciales hasta que el Gobierno propuso la reforma.

 

“Recuperar el 30% significa reparar el despojo sufrido, no depender de los fondos que Vialidad Provincial pueda proveerle y que los consorcios tengan autonomía y puedan valerse por sus propios medios».

 

Recordó por otra parte que «el 20 de septiembre pasado se presentó a la Cámara de Diputados del Chaco el Proyecto de Ley 3762/16  impulsando la modificación del artículo 15 de la Ley 3565 para que se concrete la devolución del 30%  que se le había restado del adicional del 10% de la recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos, que recauda la Administración Tributaria Provincial y que percibían los Consorcios Camineros antes de que fuera modificada dicha norma».

 

«Esta propuesta la realizamos teniendo en cuenta que la DVP se ha fortalecido, equipado y renovado el parque de sus maquinarias, que fue el objetivo por el cual se modificó el Artículo 15 de la Ley 3565, es oportuno que se devuelva el 30%  para restablecer el quantum de lo asignado a los Consorcios Camineros en su forma original y que no dependan de  otras decisiones y mediante convenios, para el manejo de sus recursos para el desarrollo de sus tareas y funciones».