Así lo define la ley aprobada en las últimas horas por la Cámara de Diputados. El proyecto se venía tratando hace más de 10 años y ahora fue sancionado. La norma servirá para aquellos que manejen alcoholizados o circulen a más velocidad de lo permitido.
Los legisladores nacionales aprobaron recientemente el proyecto que aumenta las penas para los conductores que maten a personas en siniestros viales bajo el efecto del alcohol, estupefacientes o por exceso de velocidad. La «Ley vial», como se la llamó en el Congreso, tuvo 197 votos a favor, uno negativo y cuatro abstenciones.
La ONG Madres del Dolor fue la que se encargó de no permitir el archivo de la iniciativa, que estuvo más de 10 años sin aprobarse. La organización tiene un largo recorrido reclamando sanciones más fuertes para los responsables de muertes a raíz del alcohol al volante, utilización de velocidad no permitida o abandono de persona.
Con la nueva normativa, los conductores que produzcan la muerte de una o más personas tendrán penas de tres a seis años.
Ahora el delito no será excarcelable si se comprueba que manejaron con más de un grado de alcohol por litro, si dejaron a la víctima abandonada o si transitaban a un 30% más de la velocidad máxima permitida.
En el caso de los choferes profesionales, la pena toma como límite 0,5 de alcohol por litro.