Mauricio Macri vetó la Ley de Salario Mínimo Profesional y la de Trombofilia

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Ambas habían sido aprobadas por unanimidad en el 2015 y contaron con el apoyo del PRO. En el primer caso es por «su rigidez y antigüedad conceptual»; y en el segundo porque «el estudio temprano en mujeres asintomáticas es desaconsejado».
El Gobierno nacional vetó este lunes una ley aprobada por el Congreso que restablecía la institución del salario mínimo profesional, aplicable a todos los salarios fijados por convención colectiva o laudo arbitral para cada categoría profesional de la actividad, según publica el Boletín Oficial.

Se trata de un proyecto impulsado por el ex diputado y actual senador nacional del FPV-PJ por Chubut, Mario País, aprobado en 2015 por la Cámara de Diputados con la anterior composición del cuerpo, y al que el Senado dio sanción definitiva el pasado 23 de noviembre por unanimidad.

La iniciativa había recibido dictamen de la comisión de Trabajo del Senado, que preside Daniel Lovera (PJ-La Pampa), el 1 de noviembre pasado con las firmas de legisladores de todos los bloques como Alfredo Martínez (UCR-Santa Cruz), Inés Blas (FPV-Catamarca), Juan Pais (FPV-Chubut) y de la presidente del bloque de senadores del PRO, Laura Rodríguez Machado, entre otros.

El proyecto buscaba volver a introducir en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) el concepto de salario mínimo profesional, que fue suprimido por la reforma introducida por la última dictadura cívico militar en 1976, siguiendo la misma técnica legislativa que originariamente fue establecida en los artículos 131 y 132 del texto original.

De acuerdo a los fundamentos de la iniciativa, el objetivo del proyecto era precisar que el salario mínimo profesional regirá “para todos los trabajadores por categoría profesional de la actividad o empresa que corresponda” y tendrá vigencia al concertarse la convención colectiva de trabajo.

Este salario profesional podría asimilarse, según el proyecto, en su escala al salario básico, ya que para fijar su monto se deben tomar en cuenta diversas circunstancias, como la capacidad técnica del trabajador, la naturaleza y riesgo del trabajo, la situación económica de una rama de la producción o de la empresa.

Según el decreto 1.283 que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de gabinete Marcos Peña y el ministro de Trabajo Jorge Triaca, la norma “por su rigidez y antigüedad conceptual resulta contraria al modelo racional y moderno de regulación laboral que se busca promover en la actualidad, basado en la creación y protección del empleo pero alejado de toda esclerosis legal que impida el desenvolvimiento de nuevas y creativas formas de organización del trabajo, que pueden ser acordadas en el plano colectivo, con pleno respeto del orden público laboral”.

 

«Cobertura asegurada»

El Gobierno vetó también este lunes la denominada ley de Trombofilia que, sancionada por el Congreso a fines de noviembre, creaba un Programa Nacional para la investigación, diagnóstico y tratamiento de ese trastorno de la coagulación sanguínea.

A través del decreto 1.281 publicado en el Boletín Oficial, el presidente Mauricio Macri observó en su totalidad la ley 27.335 sancionada el 23 de noviembre pasado en atención a que “el estudio temprano, aun en edad pre fértil y fértil en mujeres asintomáticas, no solo no se encuentra recomendado por entidades científicas nacionales e internacionales, sino que está expresamente desaconsejado”.

Entre los argumentos, se menciona también que la creación del programa “sólo se justificaría en el caso de tratarse de una patología desconocida y/o no correctamente diagnosticada” y que la cobertura de los métodos de diagnóstico y tratamiento de la enfermedad “está asegurada por el Programa Médico Obligatorio (PMO)”.

El decreto consigna además que “existe amplio conocimiento de los profesionales médicos (ginecólogos, obstetras y hematólogos), tanto de la metodología de estudio y tratamiento de personas con antecedentes de trombosis, como del contexto de la investigación causal de pérdidas de embarazos” y al respecto “existen guías y consensos científicos ampliamente difundidos a nivel nacional e internacional”.

Por último, el veto menciona que “existe consenso científico y técnico de los aspectos negativos del proyecto de ley sancionado, de asociaciones científicas nacionales como la Sociedad Argentina de Hematología (SAH) y el Grupo Cooperativo Argentino de Hemostasia y Trombosis (CAHT), coincidente con el Ministerio de Salud”.

La norma tenía entre sus objetivos el de “procurar su detección precoz, control y tratamiento en mujeres fértiles o prefértiles” para evitar complicaciones o la pérdida de embarazos.

Además, la norma declaraba “de interés nacional la protección integral psicofísica de las personas portadoras de trombofilia en todas sus formas” y se proponía la incorporación de los “estudios, tratamientos y medicación al Plan Médico Obligatorio”.

La trombofilia es la propensión a desarrollar trombosis o coágulos sanguíneos debido a anormalidades en el sistema de la coagulación.