Defensores del Pueblo del país rechazan la modificación de la Ley de Migraciones

Sociedad

La Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), de la que forma parte la Defensoría del Pueblo de Chaco, expresó su repudio a la reforma a la Ley de Migraciones 25.871 y a la Ley de Ciudadanía 346, introducida por un Decreto de Necesidad de Urgencia firmado por el presidente, Mauricio Macri.

En un comunicado respaldado por el defensor del Pueblo, Gustavo Corregido y por otros defensores del Pueblo del país, la Asociación refuerza más que nunca su compromiso en la protección de los derechos de las personas migrantes y repudia la modificación arbitraria.

 

“El cambio normativo por decreto, cuya urgencia se funda en la lucha contra el delito, preocupa no solo porque desconoce el lugar de las instituciones de la democracia sino, fundamentalmente, por el impacto que tendrá en la vida cotidiana de miles de familias migrantes hoy utilizadas como chivo expiatorio del poder político”, remarca ADPRA.

 

Durante los últimos meses, la asociación ha expresado su preocupación por el discurso de funcionarios nacionales y periodistas que han construido un relato negativo de la migración asociada al delito. Esa fue la base utilizada para la reforma de la política migratoria argentina por parte del Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) nro. 70/17. Esa normativa resulta regresiva en distintos aspectos para ADPRA.

 

“Especialmente preocupante es el retroceso que plantea este DNU en el reconocimiento de derechos y garantías fundamentales tales como la reunificación familiar, el debido proceso y el control judicial de las decisiones de la Dirección Nacional de Migraciones”, remarca la asociación.

 

 

Procedimientos que atentan contra derechos

Frente a esto, se indica que el procedimiento que se implementará a partir de dicho DNU, afecta a las poblaciones más vulnerables al disponer cambios que no promueven su derecho de defensa, sino que lo atenta. Además, remarcan que con la reforma se termina vulnerando el acceso a la Justicia de la población migrante que no se encuentre en condiciones de contratar un abogado particular o domicilio constituido.

 

Por otro lado, señalan que el procedimiento de revisión de las decisiones administrativas que supo marcar un cambio de paradigma respecto de la política migratoria durante la vigencia de la Ley Videla, se transforma en un control simbólico, automático, de los actos de la Dirección Nacional de Migraciones. Tal es así, que la Ley le dice al Juez cómo actuar frente a cada supuesto restándole un escaso margen de decisión. Se desconocen así las distintas modalidades de familia y además se genera una intromisión en la vida privada de las personas por parte de la autoridad administrativa.

 

 

Cambios contrarios a la Constitución Nacional

En cuanto a la modificación de la Ley de Ciudadanía 346, ADPRA manifiesta que se observa una desviación de poder preocupante que merece su rechazo. Este cambio, que exige la obtención de residencia temporaria o permanente para acreditar el arraigo, resulta irrazonable ya que se sustenta en el “fraude a la ley migratoria”, categoría que no es ni delito ni sanción administrativa, sino meramente una construcción doctrinaria de la Dirección Nacional de Migraciones, utilizada para negar derechos.

 

 

Dicha modificación es contraria a la Constitución Nacional y a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ni I- Hsing) y de numerosos precedentes jurisprudenciales que de modo unánime dispusieron que los dos años de residencia no estaban sujetos a una categoría de residencia migratoria. Lo más preocupante es que no hay argumentos para modificar esta Ley, ya que el DNU se centra en “los hechos de criminalidad organizada” en tanto que la obtención de la ciudadanía exige acreditar medios de vida lícitos, lo que se prueba con numerosos informes que el Juez solicita a las distintas fuerzas de seguridad.

 

 

Finalmente, ADPRA destaca que “la migración en Argentina ha estado siempre vinculada al trabajo y a las posibilidades de mejorar la calidad de vida. Hoy como hace más de un siglo hombres, mujeres y niños llegan a nuestro país motivados por el deseo de desarrollar una vida digna”. En ese sentido, subrayan que la Ley 25.871 y el Decreto 616/2010 buscan proteger a un colectivo especialmente vulnerable que ha estado expuesto durante décadas a abusos y arbitrariedades por parte tanto de la Administración Pública como de redes delictivas. Por lo tanto, estos cambios resultan arbitrarios y regresivos para una ley que es considerada modelo en el mundo entero, concluyen.