El diputado provincial del Partido Justicialista, Ricardo Sánchez, desestimó la presentación realizada por la UCR ante la Justicia para intentar frenar el proceso electoral en marcha en Chaco desde la convocatoria por parte del Poder Ejecutivo, y consideró que “con la intención de lograr un lugar en la Legislatura, la presidenta del principal partido del oposición los lleva a una derrota judicial segura”.
En primer término, el legislador indicó que la Cláusula Transitoria 11ª de la Constitución Provincial estipula que las elecciones se realizarán dentro de los 90 días del vencimiento de los mandatos y, por ende, sólo podrían hacerse entre el 10 de septiembre y el 10 de diciembre. “Frente a ello, olvida el radicalismo que era una cláusula transitoria, solamente vigente para las elecciones de 1995”, expresó y agregó que “tan es así que las legislativas de 1997, fueron convocadas para el 24 de agosto por Ángel Rozas, es decir, antes del 10 de septiembre y convalidadas por el Tribunal Electoral, precisamente por el carácter transitorio de la cláusula”.
A la par, Sánchez apuntó que de la misma manera que lo establecía aquella cláusula transitoria, se incorporó a la Ley 4.169 el artículo 48 que estipulaba, en este caso ya con carácter permanente, la obligatoriedad de convocar a las elecciones entre el 10 de septiembre y el 10 de diciembre. Sin embargo, remarcó que “ese artículo fue reformado por el Proyecto 611/17 que fue aprobado por la Legislatura, ley publicada y absolutamente vigente y que establece que las elecciones deben hacerse dentro del año calendario correspondiente al vencimiento de los mandatos”. “O sea, la convocatoria de Domingo Peppo para el mes de julio resulta perfectamente válida”, sentenció.
Por otra parte, el legislador destacó que se modificó la Ley 7.141 (PASO) estableciendo que la convocatoria a Elecciones Primarias debe hacerse con 75 días corridos de anticipación, como mínimo, de los comicios respectivos. “Está más que claro entonces, que la fecha del 4 de junio es acorde con la legislación vigente”, expresó.
Para Sánchez, resulta “risible” otro argumento esgrimido por la UCR para pedir el amparo. “Asombrosamente, reconocen que acortar los tiempos electorales impide a su partido proponer candidatos a cargos electivos mediante acuerdos entre sus cinco líneas internas, como si todo el sistema electoral chaqueño debiera estar al servicio de los acuerdo políticos de la UCR”, indicó y añadió: “Precisamente, lo que buscamos al sancionar la ley de PASO es que ningún candidato quede a expensas de esos acuerdos y pueda presentarse libremente a elecciones y formular sus ideas y proyectos”.
Otro argumento que Sánchez refutó es la presunta imposibilidad de realizar las tachas en los padrones provisorio para la conformación de los padrones definitivos. En ese sentido, indicó que “la UCR confunde lo dispuesto en la Ley Electoral Provincial (4.169) y su aplicación a las PASO (Ley 7.141), ya que todo lo referido a padrones cumple los pasos previstos por la Ley Electoral Provincial no debiendo confundirse esto con la norma aplicable a las Primarias”.
El legislador entendió que “esta es una presentación que le puede servir a la presidente de la UCR, Elina Nicoloff, para su proyecto personal de acceder a una banca en estas elecciones, pero lamentablemente lleva a su partido a una segura derrota judicial que lo deja muy mal parado de cara a las elecciones que vamos a tener en el corto plazo”.
“En definitiva, creo que la convocatoria a elecciones tanto parar el 23 de julio como para el 4 de junio, se ha hecho dentro del marco de la facultad del gobernador de la provincia, Domingo Peppo, y con absoluto apego a la legislación vigente”, concluyó.