El Ministerio de Educación determinó la titularización de los docentes indígenas que revistan como interinos al 19 de abril de 2015 cualquiera sea el cargo en el escalafón docente.
La Resolución Nº 1115 rubricada por el ministro de Educación, Daniel Farías el pasado 10 de marzo, determina que las Juntas de Clasificación de Nivel Primario, Nivel Inicial y Bibliotecas; Nivel Secundario con sede en Resistencia y Presidencia Roque Sáenz Peña y Nivel Terciario y Modalidad Técnica procederán a titularizar a los docentes indígenas. Para ello se estableció que el período de inscripción será desde el 13 de marzo y hasta el 23 de marzo de 2017.
Este trabajo que se concretó a partir de un pedido de los docentes indígenas y en función de ello el gobernador del Chaco, Oscar Domingo Peppo y el ministro de Educación, Daniel Farías, con el fin de resguardar los derechos de los trabajadores involucrados, encomendaron esta tarea a la coordinación general de las Juntas de Clasificación a cargo de Dora López, quien manifestó que “trabajamos en la reivindicación para los pueblos originarios, de manera tal que en el mes de abril la titularización de los docentes indígenas sea un hecho”.
REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Este documento fija que los requisitos y la documentación a presentar por el docente para la Titularización – Ley Nº 7809 son los siguientes:
1-Poseer al 19 de abril de 2015 condición de interino y mantener a la fecha de inscripción y toma de posesión.
2- Copia o fotografía debidamente autenticada de la Disposición de Alta que acredite la designación en el cago que pretende titularizar.
3- Constancia de servicios de continuidad en dicho cargo extendida por el Establecimiento, a la fecha de inscripción.
4- Declaración Jurada de Cargos, para ajustarse al Régimen de Incompatibilidad.
5- Fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad.
6- Dirección de correo electrónico (e-mail) y número de teléfono.
7- Copia o fotocopia de la Hoja de Concepto, la cual deberá no ser inferior a bueno en los (2) últimos años trabajados.
8- Para el caso que no tuviere años anteriores trabajados al 19 de abril de 2015, la no presentación de la Hoja de Concepto, no invalida su titularización.
9- Etnia a la que pertenece (Constancia del I.D.A.CH)