Proyecto de ley busca sancionar y prevenir el «Acoso Callejero»

Sociedad

El proyecto de ley 915/2017 presentado por el Diputado Livio Gutiérrez, estipula la prevención y sanción del acoso sexual callejero y prevé multa en caso de comprobarse la culpabilidad.

“La presente ley tiene por objeto prevenir y sancionar el acoso sexual en todo espacio de propiedad, dominio y uso público, así como en espacios del dominio privado de libre acceso, según se lo define en la presente Ley”, dice el proyecto de ley que ingresó a la Cámara de Diputados del Chaco.

El proyecto conceptualiza al ACOSADOR, como “toda persona que realice un acto o actos de Acoso Sexual Callejero en los términos señalados en el párrafo anterior”; y a la ACOSADA, a «toda persona víctima de un acto o actos de Acoso Sexual Callejero”.

 

El proyecto de ley prevé que “el Ministerio de Seguridad Pública deberá elaborar un protocolo de actuación policial ante denuncias de acoso sexual callejero en lugares públicos o de acceso público, respetando la legislación local, nacional e internacional en materia de protección de los derechos humanos”.

En tanto que “el Ministerio de Educación, deberá incorporarse a los planes de estudio y la currícula actualizada en base a la Ley Nacional N° 26.150 de Educación Sexual Integral, la concientización sobre Acoso Sexual Callejero, así como también se instrumentalizarán talleres de capacitación y formación para la comunidad educativa en su conjunto”.

 

De ser aprobada la nueva ley introduce una modificatoria al Código de Faltas de la Provincia, incorporando la figura de “Acoso Sexual Callejero”, de manera que “quien hostigue mediante todo acto de naturaleza o connotación sexual, cometido en contra de una o varias personas en espacios públicos o de acceso público, sin que medie el consentimiento de la víctima, produciendo en la misma intimidación, hostilidad, degradación, humillación, o un ambiente ofensivo en los espacios públicos, siempre que el hecho no constituya un delito, será sancionado con una multa hasta diez remuneraciones mínima, vital y móvil y/o la realización de un curso presencial sobre violencia de género, dictado por personal interdisciplinario que deberá certificar la aprobación del mismo».