FIA no encontró irregularidades en el juicio de residencia de Sebastián Agostini

Politica

La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) dio por cumplida las actuaciones sobre el Juicio de Residencia realizado al expresidente del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, Sebastián Agostini.

Conforme a lo previsto por la Ley 7602, la Resolución 2058/17 expresa en su artículo cuarto «tener por cumplido el Juicio de Residencia con relación al licenciado Juan Sebastián Agostini, en el cargo de Presidente del Instituto de Viviendas, que desempeñará en el periodo del 5 de marzo al 10 de diciembre de 2015».
De acuerdo a la resolución de la Fiscalía sobre el informe de los recursos y gastos asignados, el informe técnico del Tribunal de Cuentas concluye que los estados de ejecución de recursos y gastos presentados por el actual secretario de Planificación Estratégica del municipio de Resistencia reflejan razonablemente la ejecución a la fecha de emisión de esos estados por el sistema de administración financiera.
Respecto a la evolución patrimonial del funcionario, establece que de las compulsas efectuadas entre los bienes declarados y los registros públicos, no surgen cambios significativos en el patrimonio personal. Asimismo, no obran antecedentes relacionados con denuncias ni investigaciones sobre este aspecto.
Finalmente, sobre la rendición de cuentas de la gestión, la FIA concluye que todas las acciones observadas por los distintos sistemas e informadas por el funcionario se corresponden con las facultades, atribuciones y funciones que le son asignadas por la Ley 2194 de creación del Instituto de Vivienda y con las políticas públicas trazadas y desarrolladas en el Plan Quinquenal del Gobierno de la Provincia.

Juicio de Residencia
A partir de la vigencia de la Ley Nº 7602 reglamentada por Decreto Provincial Nº 1997/15; los funcionarios públicos, una vez concluido su mandato o producida la cesación en sus funciones, están sujetos a rendir cuentas de su gestión, del destino de los fondos asignados por presupuesto y de la evolución de su patrimonio personal.
Además, a cumplimentar con las declaraciones juradas de bienes personales y a la valoración pública de su desempeño. El procedimiento que lleva el nombre de Juicio por Residencia fue creado por la Ley 7602 impulsada por el exgobernador Jorge Capitanich y sancionada y reglamentada en 2015.