El Superior Tribunal de Justicia definió sobre la medida presentada por el radicalismo contra el desdoblamiento electoral aprobado el pasado 8 de marzo en la legislatura chaqueña.
La modificación del sistema electoral provincial aprobada en la Cámara de Diputados, permite desdoblar las elecciones legislativas de este año, con lo cual habrán cuatro comicios en el Chaco, teniendo en cuenta las primarias (PASO) y las generales.
La modificación consiste en que la convocatoria a elecciones será una facultad del Poder Ejecutivo, quien definirá la fecha a su criterio.
La oposición, presentó ante la Justicia un amparo contra dicho cronograma electoral, argumentando que el adelantamiento electoral no les dejó tiempo para poder definir muchas cuestiones internas como la convocatoria a la convención, como también el gasto que implica convocar a una elección provincial como la necesidad de escuchar a los votantes que no quieren asistir cuatro veces a una elección.
Fuentes judiciales informaron que el STJ falló a favor del gobierno y las fechas de elecciones no se mueven.
En el fallo, hubo dos disidentes y se rechazó la acción de amparo por mayoría. Disidencia parcial de Rolando Toledo, y disidencia total de María Luisa Lucas.