Para su emisión el productor debe estar inscripto en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA). El trámite se realiza en la oficina del Senasa más cercana al establecimiento.
A partir del próximo 1° de junio se inicia el uso del Documento de Tránsito Vegetal (DTV) para el movimiento de algodón en bruto, dado que entra en vigencia la Disposición N° 5/2017 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal (DNPV) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
La norma involucra a fibra, semilla, grano, fibrilla, cascarilla, linter de algodón, desperdicios o desechos de desmotadora e hilandería, y algodón en bruto que pudiesen comercializarse dentro del país, exportarse o importarse, cualquiera fuere su calidad y modalidad, e independientemente del origen de la carga.
Para la emisión del DTV el productor debe estar inscripto en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA). La inscripción debe realizarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) y la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del productor.
Este trámite debe realizarse en la oficina del Senasa más cercana a la ubicación del establecimiento, a través de la carga de datos en el sistema informático; la firma de la Declaración Jurada, emitida a través del sistema por parte del productor; y la entrega de la credencial RENSPA como constancia de inscripción por cada campo o establecimiento en producción; dicha credencial es intransferible.
Cabe aclarar que para verificar la veracidad de los datos, se solicitará como documentación complementaria referida al establecimiento el título de propiedad, contrato de locación, arrendamiento o cualquiera sea la forma de convenio en que está utilizando la tierra de su propiedad y/o ajena. En el caso de que el acuerdo entre partes fuese verbal, se sugiere presentar algún documento en que se autorice el usufructo de la propiedad.
Asimismo, es importante destacar que los productores de algodón deben actualizar los datos al año de la inscripción o toda vez que cambien la actividad o cultivo, las condiciones del establecimiento, o sus datos personales –Resolución Senasa N° 423/2014, Art. 14°–. Esta actualización puede realizarse por la autogestión, con clave fiscal o CUIT, a través de la adhesión al RENSPA en la página web de la AFIP.
El RENSPA permite al Senasa el planeamiento de acciones para fortalecer el control sanitario y fitosanitario, dar respuesta rápida y eficiente en aquellos casos de emergencias, y favorecer la trazabilidad de productos para aplicar medidas correctivas desde el origen.