Desde la Federación de Sindicatos Independientes del Chaco (Fe.S.I.Ch) y Sitech Castelli, reiteran denunciar al Director de Gestión Educativa Prof. López, José encargado de las de Designaciones de Supervisores que por segunda vez consecutivo se designa a Dedo Cargo De Supervisor de Educación Física, ante está denuncia el Director de Gestión Culpo a la Junta de Clasificación por el Caso.
Nos preguntamos en año 2016, el docente estaba en lista, se designó a un Prof. de Educación Física que no reunía los requisitos de presentación efectiva, ante la denuncia de un profesor del área, se dejó sin efecto la designación.
Ahora en año 2017, paso lo mismo, el docente estaba en lista, pero al momento de adjudicar la vacante no había realizado su toma de posesión efectiva del cargo, ante planteo de los profesores de esta irregularidad igual con arbitrariedad se Designó Lic. Sergio Daniel Báez Director Regional Educativa IX de MISIÓN NUEVA POMPEYA, en un cargo de Supervisor de Educación de Física de Primaria. Ahora nos preguntamos en 2016 en la misma situación se emano la Disposición 160/16, ahora por el designado ocupa el Cargo Político de Director Regional no se Vuelve atrás.
Por segunda vez se está designando a dedo perjudicando a los aspirantes residentes de la zona a acceder al cargo de Supervisores de Educación Física.
PADRE E HIJO DESIGNADO A DEDO
A lo que sumarle la designación irregular en el Cargo de Supervisor a Lic. Sergio Daniel Baez, a cargo de Dirección Regional IX, se le suma la creación de un Cargo de Zr.09 de Auxiliar Docente en una Escuela Primaria 977 de Misión Nueva Pompeya cargo que Corresponde al Nivel Secundario, siendo designado el hijo sin título docente para el cargo inventado.
A esta instancia le queremos dejar claro porque ante reiteradas denuncias busca distractores banales para no investigar o decir que simplemente lo dio una respuesta al gremio le decimos que la denuncia se realiza teniendo en cuenta el Artículo 76 de la Ley 1140 toda persona que tuviera conocimiento de la violación de las leyes, decretos o resoluciones administrativas por parte de órganos o personas de Administración, podrá denunciarlo ante la Autoridad Administrativa Competente.
Es esta aproximación la que posibilita contemplar no sólo la violencia laboral sino las conductas de maltrato por negar el desempeño a la persona que le corresponde por derecho a ser designado en cargo de Supervisor, lleva al menoscabo de las condiciones sociales y materiales de trabajo;es decir impedir a través obstaculización del normal desempeño de actividades a través de la sustracción de herramientas necesarias para las mismas.
El abuso de poder y mal desempeño del funcionario establece la violencia laboral dentro de las organizaciones institucionales no respetando el carácter reglamentario del Estatuto del Docente, la negativa de la de dejar sin efecto, específicamente, cómo lleva al silenciamiento del docente y el aislamiento del trabajador, que equivaldrá para nosotros a descalificar y/o restringir la posibilidad de incidir sobre las condiciones del propio trabajo, la participación en él y la oportunidad de transferir su propia calificación a la tarea.
Al Ministro de Educación es llamado de Atención de que existe dentro de su Gabinete, personas que avalan creaciones de Cargo que no Corresponden al Nivel Primario, que algunos hay privilegios de Ser Designado Supervisor por Ser Director Regional y no cumplir con la Normativa, a lo que hay sumarle aval de Creaciones de Cargos que corresponde al Nivel Secundario, siendo designado el Hijo del Regional sin Título Docente en una Escuela Primaria con Zr 09 cargo que no corresponde al Nivel Primario.
Prof. Damian F. Kuris.
Sec.Gral Fe.s.i.ch Sitech Castelli.