Se inauguró la Cámara de Apelaciones de Juan José Castelli

Interior

El ministro de Seguridad Pública de la provincia Martín Nievas, participó de la ceremonia de puesta en marcha del tribunal y del acto de jura de sus integrantes.


Se puso en marcha, este viernes por la mañana, la Cámara de Apelaciones con competencia universal, de la sexta circunscripción judicial en la ciudad de Juan José Castelli.

El acto se desarrolló en la sede tribunalicia de dicha comuna ante la presencia de los tres jueces camaristas. «No podía estar ausente porque se concretó lo dispuesto por Ley de la que fuimos actores. El fundamento de dicha sanción legislativa fue acercar la Justicia al pueblo. Que haya contención en la localidad y no en ciudades alejadas como Sáenz Peña. Es un gran avance para nuestro pueblo del impenetrable y para nuestra ciudad», dijo al finalizar el acto el ministro de Seguridad Pública, Martín Nievas.

El tribunal funcionará de manera efectiva a partir de la hora cero del próximo lunes 5 de Junio.

Para la ceremonia estuvo presente la presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Iride Isabel Grillo y los ministros: Rolando Toledo, Emilia Vallei y María Luisa Lucas, el procurador general Jorge Canteros y la defensora general Alicia Alcalá, con la asistencia del secretario de Superintendencia Omar Amad.

Prestaron juramento a sus respectivos cargos: Alejandra Andrea Genovese, Raúl Alberto Rach y Gladis Beatriz Regosky como jueces camaristas y Carlos Fabricio Calvo como fiscal de Cámara.

Asimismo Selva Sandra Elizabeth Gaynecotche juró como juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Castelli.

La flamante Cámara de apelaciones será tribunal de alzada de fallos y demás autos recurribles dictados por los magistrados de primera instancia en lo: civil, comercial y laboral; correccional; garantía y transición; ejecución penal y del menor de edad y la familia de la sexta circunscripción judicial. Además conocerá las causas criminales que se eleven a juicio (artículo 337 de la ley 1062 y sus modificatorias y el artículo 357 de la ley 4538) aún por hechos encuadrables en delitos de competencia criminal acaecidos con anterioridad a la puesta en funcionamiento de este tribunal.