Rubén Guillón presentó un proyecto de ley para reducir las velocidades máximas de circulación de vehículos

Politica

El diputado Rubén Omar Guillón a través del Proyecto de Ley 2660/17 propone modificar el artículo 1º de la ley 979.T. -Régimen De Transito Y Seguridad Vial De La Provincia Del Chaco, con el fin de poner nuevos límites a las velocidades máximas de circulación de vehículos en los diferentes caminos, rutas, autovías, etc dentro del territorio provincial.

Por ejemplo reducir la velocidad en zonas urbanas y semiurbanas es un factor clave para salvar vidas, recordemos la enorme cantidad de localidades que son atravesadas por rutas o que están a la vera de las mismas, indicó el legislador.

Con esta modificación la norma establece lo siguiente:

a) En zona urbana:

1. En calles: 30 km/h;

2. En avenidas: 50 km/h;

3. En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos;

b) En zona rural:

1. Para motocicletas: 70 km/h

2. Para automóviles y camionetas: 100 km/h;

3. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 80 km/h;

4. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 70 km/h;

5. Para transportes de sustancias peligrosas: 70 km/h;

c) En autopistas y autovías:

1. Para motocicletas: 90 km/h

2. Para automóviles y camionetas: 120 km/h;

3. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 100 km/h;

4. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 90 km/h;

5. Para transportes de sustancias peligrosas: 90 km/h;

e) Límites máximos especiales:

1. En las encrucijadas urbanas sin semáforo: la velocidad precautoria, nunca superior a 30 km/h;

2. En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no superior a 20 km/h y después de asegurarse el conductor que no se acerque un tren;

3. En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento;

4. En rutas que atraviesen zonas urbanas, la velocidad precautoria no será mayor a 40 km/h, salvo señalización en contrario”.