Se trata de la normativa 27.375, sancionada el 5 de julio por la Cámara de Diputados, que limita también las salidas transitorias.
El Gobierno promulgó la ley 27.375, la ley de Ejecución de la pena privativa de la libertad, sancionada el 5 de julio por la Cámara de Diputados, que limita las excarcelaciones y las salidas transitorias para condenados por delitos graves.
La promulgación fue a través del decreto 573/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Justicia, Germán Garavano.
De ahora en adelante, los responsables por crímenes graves ya no tendrán acceso a salidas transitorias ni a la libertad condicional, sino que deberán cumplir la totalidad de sus condenas en prisión.
La ley se aprobó el 5 de julio en la Cámara baja con una mayoría contundente de 170 votos a favor. Sólo ocho legisladores votaron en contra, mientras que siete se abstuvieron. En el Senado había sido aprobada el 26 de abril con 48 votos positivos, ocho negativos y una abstención.
Reclamada por organizaciones de familiares de víctimas, la norma alcanza a los autores de homicidio agravado; delitos contra la integridad sexual; secuestro extorsivo seguido de muerte; tortura seguida de muerte; robo con armas o en despoblado y en banda; trata de personas; violaciones a la ley antiterrorista; financiamiento del terrorismo; contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.
Hasta ahora, esos condenados podían acceder a los beneficios comprendidos en el período de prueba de la pena previstos en la ley de Ejecución Penal (ley 24.660): salidas transitorias, prisión domiciliaria y libertad condicional.
La modificación de la ley de Ejecución Penal cobró impulso tras la muerte de Micaela García, una joven entrerriana de 21 años asesinada por Sebastián Wagner, un violador reincidente que había obtenido la libertad antes de cumplir la totalidad de su condena.
La Nación.