Se reglamentó la ley que crea el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual

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El presidente de la Nación, Mauricio Macri, reglamentó la ley que crea el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual. La decisión fue promovida por los ministros de Seguridad, Patricia Bullrich; de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano; y de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Lino Barañao.

La ministra Bullrich, comentó al respecto: “Los delitos más aberrantes para la sociedad y las víctimas son los delitos sexuales y las violaciones. Hemos reglamentado la ley y ahora tendremos un Registro Nacional de Datos Genéticos que protegerá a las víctimas y ayudará al esclarecimiento de estos hechos”. “Es un paso más en la lucha contra la impunidad en la Argentina”, agregó.

A través del decreto 522/2017 se reglamentó la Ley 26.879, sancionada hace cuatro años. En ese marco, se establece que el objetivo fundamental de la política será facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de investigación judicial en materia penal y estén relacionados a delitos contra la integridad sexual de los damnificados.

El subsecretario de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Martín Borrelli, destacó la importancia de esta base de datos e indicó que: “Facilitará el esclarecimiento de hechos que atenten contra la integridad sexual y que, al contar con los datos que recolecten los jueces y remitan al organismo, se conformará una herramienta eficaz para prevenir este tipo de violencia y ofrecer mejores respuestas las víctimas”.

El debate sobre el decreto de reglamentación fue propuesto como uno de los temas a tratar dentro del Programa Justicia 2020.

La norma ordena la creación de una Comisión Nacional de Huellas Genéticas, que estará integrada por representantes de los ministerios de Seguridad, Justicia y Ciencia y Tecnología. Su misión: coordinar, asesorar y realizar un seguimiento de las tareas necesarias para el correcto uso del Registro, atendiendo todas las necesidades operativas de los organismos involucrados en las diversas jurisdicciones.

Por su parte, el secretario de Articulación Científico Tecnológica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, Agustín Campero, expresó: “Esta reglamentación es muy importante ya que viene a saldarse una deuda con las víctimas de este tipo de delitos. La reglamentación aborda el tema de manera conjunta y es algo que va a impactar para que haya más justicia.

Asimismo, en un anexo del decreto se establece que la autoridad judicial que dicte una sentencia condenatoria deberá disponer dentro de los cinco días hábiles de quedar firme la misma, la obtención del perfil genético del condenado, debiendo remitirlo al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.

Además de señalar a la Subsecretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación, se fijaron pautas para la obtención del ADN de los involucrados. Las mismas serán practicadas del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor, teniendo especialmente en consideración el género y otras circunstancias particulares.