Pidieron prisión perpetua para el tío de la niña abusada en Villa Luzuriaga

Policiales

El dramático hecho suceció en 2011, pero el juicio se realiza por estos días en la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia. La fiscal de la causa pidió la pena máxima para Ramón Adrián Cardozo, quien habría abusado sexualmente de su sobrina menor de edad, y también varios años de prisión para la mamá y la abuela de la niña por encubrimiento.

El juez de la Sala Unipersonal de la Cámara Segunda en lo Criminal de la capital chaqueña- Víctor del Río- aún no fijó fecha para lectura de sentencia- del juicio ventilado durante cinco audiencias, en la sede de la avenida San Martín 66.

El horroroso hecho ocurrió en una vivienda de Villa Luzuriaga, el 27 de noviembre de 2011. Los tres imputados llegaron al debate oral y público en libertad, pese a que durante la etapa de instrucción, la fiscal Dolly Fernández, hoy ocupando el cargo en la fiscalía de Cámara, puso preso a seis miembros de la familia de la beba de un año y siete meses.

Fernández, durante su alegato dio por acreditado que Ramón Adrián Cardozo, licenciado en criminalística, accedió carnalmente a su sobrina, lo que luego por infecciones le provocó la muerte, solicitando la pena máxima de prisión perpetua para el tío que vive en la misma dirección de la beba y todos los investigados.

La fiscal además, pidió la pena de 18 años de prisión para la docente Marisa Beatriz Cardozo, por el agravante de ser la mamá, acusada de abandono de persona seguida de muerte. En tanto, requirió por los mismos cargos, 15 años de cárcel para la abuela materna, Herminda Alicia Aguilera.

En la sala, la familia damnificada, o sea el papá de Morena, no contó con abogado, ya que el progenitor cuando declaró en la primera audiencia del debate dijo que desconocía que podía constituirse como querellante.

 

La lectura de sentencia

En caso que el veredicto que todavía no tiene fecha, sea condenatorio, automáticamente los tres acusados quedarán detenidos ese mismo día, debiendo permanecer en esa condición durante las instancias de apelación que podrán hacer los defensores Marco Molero y Gastón Chapo.

La defensa solicitó la absolución de la madre por entender que “no encuadra en el delito de abandono de persona, ya que en la acusación solo puede ser condenada por lo que se le acusó, que es no haber llevado la beba a un médico cuando tenía un proceso infeccioso”, explicó Molero.

En ese sentido en discrepancia con lo formulado por la fiscal de Cámara, el letrado subrayó que su defendida y el padre de la menor, “no llevaron a un médico, llevaron a cuatro profesionales a la menor en la semana previa al deceso de la niña. Uno de ellos, un prestigioso pediatra que murió, a la doctora Pellizardi, finalmente al centro Curar y en última instancia a sanatorio Femechaco donde se produjo el deceso de la niña”, indicó Molero.

Respecto a la abuela, basó su inocencia “porque ella no tenía el rol de posición de garante, porque en el delito de omisión se endilga que no hizo lo que debería haber hecho, y solo debe hacer algo alguien cuando la persona está en posición de garante”, argumentó Molero. Así entendió que “habiendo padre y madre, no era la abuela la encargada de llevar a la niña al médico”.

Sobre el tío Cardozo, sindicado autor de la violación, sostuvo que “la única prueba que vincularía al tío, es un perfil de personalidad que se le practicó al joven. Es decir se pretende condenar a prisión perpetua, contrariando un requisito del tipo penal, basándose exclusivamente en la personalidad del imputado”. Molero, también hizo saber que había “otras cinco personas que convivían en esa casa, además de vecinos, familiares y compañeros de estudios que hacían un universo de doce personas que circulaban en la vivienda”.

Además, entre los fundamentos de absolución, señaló que no se halló material genético del encartado que lo ligue al acceso carnal de su sobrina y que se obviaron pericias pata determinar la funcionalidad del órgano sexual masculino del individuo.}

 

El caso

La menor murió a la 0.20 del 27 de noviembre de 2011, pero la investigación estableció que entre el 7 y 10 de ese mes en horas de la mañana, el tío atacó sexualmente a su sobrina, en el domicilio compartido de Capataz Codutti al 1.300, donde toda la familia Cardozo convive.

Los acusados y conocidos sostienen que la beba murió por una supuesta mala praxis que se inició en el sanatorio donde acudieron a la consulta, cuando Morena estaba con un cuadro febril y persistente llanto por los dolores, saliendo a luz finalmente, que había sido abusada.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Diario Norte.