El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso presentado por Corrientes Podemos Más

Corrientes

El máximo órgano judicial de la provincia se pronunció sobre la herramienta legal enviada por la fuerza política, pero el resultado no fue el que esperaban Camau Espínola y los suyos. Para la justicia, son inadmisibles los reclamos por los resultados de las elecciones.

Cabe recordar que la alianza política que compitió recientemente en las elecciones y llevó a Camau Espínola como candidato a la gobernación mandó un recurso «DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA POR LA JUNTA ELECTORAL EN EL ACTA NRO. 148 DE FECHA 14.10.17” debido a una supuesta “inconsistencia entre los resultados informados por el Centro de Cómputos oficial y los que a primera vista surgían de los cómputos propios”.

La dirigencia de Corrientes Podemos Más consideró arbitraria la postura de la Junta Electoral porque no se les había concedido una prórroga razonable para poder fundamentar esas diferencias aritméticas.

Los Ministros doctores Eduardo Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez, Alejandro Alberto Chaín, Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan coincidieron en señalar que la Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo no había incurrido en incongruencias ni vicios que habilitarían la procedencia del recurso de nulidad.

Los funcionarios judiciales también dejaron en claro que no se impugnó el proceso de validez de una ley, decreto, ordenanza o reglamento bajo la pretensión de ser contrarios a la Constitución de la Provincia.

Finalmente sostuvieron que los apoderados de la Alianza Frente Corrientes Podemos Más sólo expusieron su discordancia con el análisis efectuado por la Cámara y la decisión adoptada.