Más de 910 mil chaqueños están habilitados para elegir diputados nacionales

Sociedad

La Junta Electoral Nacional, Distrito Chaco, precisó que continúan con el monitoreo del normal desarrollo del proceso eleccionario a llevarse a cabo el próximo domingo 22. En ese sentido, informaron los “datos útiles” propios de estas elecciones nacionales.

Así destacaron que habrá 2688 mesas y 911.433 electores habilitados para votar en el Chaco. Serán 283 los delegados electorales y establecimientos aptos para recibir a los votantes.

En este distrito se elegirá 4 diputados nacionales titulares y 3 diputados suplentes.

Para ello participan cinco listas: “Unidad Ciudadana”; “Frente Chaco Merece Más”; “Cambiemos”, “Un Nuevo País”; y el Partido Obrero.

Aguilar, señaló que las charlas para autoridades de mesa se están realizando desde este martes 17, y seguirán todos los días a partir de las 17. Las capacitaciones están a cargo de la Secretaría Electoral, sita en Juan Perón 650. Igualmente se dispusieron clases en el interior.

EL COMANDO ELECTORAL

Además, se indicó que el personal del Comando Electoral, está integrado por alrededor de 800 personas del Ejército en toda la Provincia, quienes se instalarán a pernoctar este sábado desde las 8, en cada establecimiento escolar de votación. La seguridad externa del domingo será controlada por la Policía del Chaco.

EL PADRÓN

Se puede consultar el padrón en www.padron.gob.ar y www.electoral.gob.ar o bien por teléfono en forma gratuita al 0800-999-7237.

Si al consultar los padrones electorales usted no encontrara su lugar de votación, podrá solicitar información en la Secretaría Electoral correspondiente:

• Dirección Juan D. Perón 650-Resistencia (H3500AUN)

• Teléfonos (0362) 4430558 / 4432817 // 4425550 / 4458109 Lunes a Viernes – 7:00 a 13:00

DOCUMENTO HABILITANTE PARA EFECTUAR LA EMISIÓN DEL SUFRAGIO

Todos los documentos sirven para votar, siempre y cuando coincidan con el tipo (original, duplicado, EA (Ejemplar A), EB (Ejemplar B), etc.) que figure en el padrón o uno posterior.

Por ello, no vota un ciudadano que se presente con documento anterior al que figura en el padrón, ni que posea Constancia de DNI en trámite. Tampoco con Pasaporte.

JUSTIFICACIONES:Art. 12 del Código Electoral Nacional. Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km del lugar donde deban votar. Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por un médico, si es particular el certificado médico deberá ser convalidado por hospital o centro de salud.

FALTAS ELECTORALES POR NO EMISIÓN DEL VOTO: Art. 125 del Código Electoral. Vencido el plazo de 60 días, se impondrá Multa de $ 50 que se irá acumulando. El infractor incluido en el Registro de Infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección.

AUTORIDADES DE MESA: Art. 132 del Código Electoral. Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta Ley y a los electores designados para el desempeño, que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplir las funciones o hicieren abandono de ellas.

COMPENSACIÓN ECONÓMICA:Conforme a la Resolución 211/2017, se fija la suma de $ 600 en concepto de viático para cada uno de los ciudadanos que cumpla funciones como Autoridad de Mesa en las elecciones generales. Asimismo, aquellas autoridades que realicen la capacitación previa a cada elección brindada por la Justicia Nacional Electoral recibirán $ 450 adicionales (nuevas autoridades de mesa que no hayan realizado el curso en agosto).

URNAS:Los días martes, miércoles (interior) y viernes de esta semana se trasladan las urnas al Correo Argentino.