Se vence el plazo dispuesto por la AFIP para imponer la obligatoriedad del uso de medios electrónicos como formas de pago a comercios, empresas, profesionales y monotributistas que vendan al consumidor final, instaurado durante febrero del 2017. Habrá multas para quienes lo incumplan.
A partir de este domingo 1º de abril, los comercios y la mayoría de los profesionales estarán obligados a aceptar pagos con tarjeta de débito, así como otros medios como tarjetas prepagas no bancarias.
Este domingo vence el último plazo dispuesto por la AFIP en su cronograma para imponer la obligatoriedad del uso de medios electrónicos como formas de pago a comercios, empresas, profesionales y monotributistas que vendan al consumidor final, instaurado durante febrero del 2017.
En su artículo 10, la norma establece que quienes «realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el Poder Ejecutivo nacional considere equivalentes».
La AFIP indicó que el costo que les insuma adoptar el sistema podrá ser computado como crédito fiscal del IVA. También hay una serie de beneficios sobre el uso del POS: los monotributistas no pagarán comisiones transaccionales; quienes instalen el sistema por primera vez, no tendrán costo por el alquiler del dispositivo por 2 años; y a aquellos monotributistas y autónomos que abonen los 12 pagos del año se les devolverá una cuota.
Los comercios deben exhibir un cartel que indique qué medios de pago aceptan, y los consumidores pueden denunciar a quienes no acepten pago con tarjetas.
Quienes incumplan la medida, pueden recibir multas de entre $300 y $30.000, y clausuras de entre 3 y 10 días.