La Subsecretaría de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Servicios, comunica que por Ley Nº 2227-D (antes Nº 7436) establece la obligatoriedad de instalar lectores de código de barras en los comercios radicados en la Provincia del Chaco, que utilicen como forma habitual de emisión de comprobantes de facturación (ticket) la lectura de código de barra en línea de cajas.
Estos dispositivos deberán estar colocados en lugares de fácil acceso a los consumidores y deberán estar señalizados con carteles indicadores que demuestren su existencia. Las empresas están obligadas a mantener actualizada la base de datos que provee información al sistema, y la información de los precios de los productos en exhibidos en góndola deberá coincidir con los de la línea de caja, no siendo aceptable excusas de ninguna naturaleza al respecto.
Para mayor información los interesados podrán acudir al Departamento Lealtad Comercial de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor –Pueyrredón 770 de 7,30 a 13,00hs o al teléfono fijo 4453083.