La diputada provincial Andrea Charole, que impulsa el proyecto de ley N°4406/2018, La presente ley tiene por objeto la regulación de procesos socioeducativos para potenciar el desarrollo emocional como complemento indispensable del desarrollo cognitivo, constituyendo ambos los elementos esenciales del desarrollo de la personalidad integral.
Para estos fines se implementará la enseñanza formal, mediante la Educación Emocional, de cada una de las habilidades emocionales tales como: a) conocimiento de uno mismo, b) autorregulación emocional, c) motivación o aprovechamiento productivo de las emociones, d) empatía y habilidades sociales; así como las habilidades para elegir en cada niña, niño, adolescente y adulto.
Los fines de esta ley se entiende por:
a) Educación Emocional: como el proceso educativo continuo y permanente que busca el desarrollo humano; es decir, el desarrollo personal y social; el desarrollo de la personalidad integral del individuo. Esto incluye el desarrollo de la inteligencia emocional y su aplicación en las situaciones de la vida.
b) Inteligencia emocional es la capacidad para identificar, entender y manejar las emociones correctamente, de un modo que facilite las relaciones con los demás, la consecución de metas y objetivos, el manejo del estrés o la superación de obstáculo, permitiendo el crecimiento intelectual y emocional.
c) Promoción de la Educación Emocional: “Implementación de un enfoque de corte salutógeno-educativo de dinamización de recursos y habilidades emocionales, sociales y actitudinales en el marco de una política de promoción de la salud para el sano desarrollo personal y cumplimiento de un proyecto de vida”.
FUNDAMENTOS:
La ley de Educación emocional propone desarrollar habilidades socioemocionales en todos los estudiantes. Mejorar en ellos y sus familias su calidad de vida mediante el desarrollo personal, autogestión de la felicidad, autonomía, promoción de la salud y emancipación de las limitaciones culturales, físicas y emocionales.
La integración de la educación emocional a la currícula de las diferentes instituciones educativas viene a sumarse otros lineamientos curriculares como, por ejemplo, el de la Educación Sexual Integral que incesantemente hace referencia de la necesidad de enseñar a los niños a verbalizar los sentimientos, necesidades, emociones y problemas.
A su vez, refuerza las intenciones de la Ley de Educación Nacional que establece en su ARTÍCULO 11, entre sus fines y objetivos Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural. Además, Establece en el punto B del artículo 27 “un desarrollo integral de la infancia en todas sus dimensiones, en el punto F la iniciativa individual y en el K el juego como medio para el desarrollo de la afectividad, entre otras dimensiones. En su artículo 20, establece como objetivo de la Educación Inicial el “Promover el aprendizaje y desarrollo […] de un proceso de formación integral de una familia y de una comunidad. B) Promover en los/as niños/as la solidaridad, confianza, cuidado, amistad y respeto a sí mismo y a los/as otros/as”. La enseñanza de dichos valores tiene como condición necesaria el desarrollo emocional adecuado. Luego, en el punto b del artículo 21 establece: “Promover y facilitar la participación de las familias en el desarrollo de las acciones destinadas al cuidado y educación de sus hijos/as”.
Por todo lo antes mencionado la Ley de Educación Emocional propone reforzar y apoyar el proceso de enseñanza/aprendizaje a través de:
La adquirir un mejor conocimiento de las propias emociones;
La identificar las emociones de los demás;
El dominio de las emociones correctamente;
El desarrollo de habilidades para regular las propias emociones;
Subir el umbral de tolerancia a la frustración;
La prevención de los efectos nocivos de las emociones negativas;
El desarrollo la habilidad para generar emociones positivas;
El desarrollo la habilidad de auto motivación; y
La adopción una actitud positiva ante la vida.
Todo esto establece, claramente, suficiente justificación a la propuesta de integrar una Educación Emocional al currículo educativo en todos sus niveles y modalidades.