Corrientes: Proponen que las multas por bloquear rampas para discapacitados sean un 50% más caras

Corrientes

El proyecto fue presentado por el Concejal Omar Molina por medio del cual se busca generar una multa 50 % más cara para quienes estacionen en las rampas para discapacitados.

Este jueves, tomó estado parlamentario un proyecto presentado por el Concejal Omar Molina por medio del cual se busca generar una multa 50 % más cara para quienes estacionen en las rampas para discapacitados. La iniciativa propone modificar el Artículo Nº 91 Inciso b, punto 3 de la Ordenanza Municipal Nº 3202, como así también el Artículo Nº 59, correspondiente al Capítulo VIII de la Ordenanza Municipal Nº 2081.

Atento a la importancia de generar una ciudad más inclusiva, el edil presentó el proyecto de ordenanza que espera logre generar conciencia ciudadana. “Todos los días vemos vehículos que obstruyen las rampas para discapacitados, una infracción que para nuestras ordenanzas vigentes están calificadas como de mal estacionamiento, pero sin ningún agravante”, explicó Molina ante sus pares durante la sesión de hoy donde dio a conocer los fundamentos de la iniciativa.

En su artículo primero la norma indica: modificar el Artículo Nº 91 Inciso b, punto 3 de la Ordenanza N° 3202, el cual, quedará redactado de la siguiente manera: 3. sobre la senda para peatones o bicicletas, frente a rampas para personas con discapacidad, aceras, rieles, sobre la calzada. Tampoco se admite la detención voluntaria. No obstante, se puede autorizar señal mediante, a estacionar en la parte externa de la vereda, cuando su ancho y el tránsito lo permitan.

Mientras que el artículo segundo señala: MODIFICAR el Artículo Nº 59 de la Ordenanza N° 2081, el cual, quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 59 – Estacionar en lugares o calles prohibidos, u obstruyendo rampas para personas con discapacidad, o en segunda u otras filas o sobre la izquierda, o sobre las aceras o en bandas centrales de avenidas o sobre esquinas o en lugares reservados para ómnibus, o garajes autorizados o áreas reservadas autorizadas, o estacionar o maniobrar empujando vehículos, con multa de 40 a 200 litros”.

Por último especifica que: La sanción establecida en el artículo Nº 2 de la presente ordenanza, se incrementará en el doble del monto estipulado en la misma en los supuestos de obstrucciones a rampas para personas con discapacidad.

“Las rampas son de vital utilidad para personas con discapacidad, como así también para quienes circulan por las veredas con changos de bebé y para los abuelos. Queremos una ciudad más accesible para todos los correntinos y este proyecto apunta a eso”, remarcó Molina.