A raíz de un recurso de amparo interpuesto por la Defensoría del Pueblo del Chaco, decretaron la nulidad del aumento de la tarifa de energía, impuesto por el Ministerio de Energía de la Nación.
La Cámara Federal confirmó la nulidad de un aumento en la tarifa de la luz, la cual fue impuesta por Nación y se remonta al año 2016.
Mediante la Resolución 06/2016, el ex ministro de Energía y Minería de la Nación, Juan José Aranguren, estableció los nuevos valores para el mercado eléctrico mayorista.
En este contexto, la Defensoría del Pueblo del Chaco presentó un recurso de amparo colectivo y solicitó la inaplicabilidad del instrumento legal, cuyo aumento no tuvo audiencia pública, lo cual el Juzgado Federal N° 2 hizo lugar.
La Cámara expidió la decisión del Juzgado Federal N° 2 y resaltó que «no basta para otorgar legitimidad y razonabilidad a una medida. La declaración de emergencia del sector energético, resulta menester que las decisiones a adoptar se enmarquen en un contexto de gradualidad – exigido por la Corte Suprema – y de participación ciudadana que las legitimen».
La Justicia determinó así que “el mecanismo para ejercer en el presente la participación ciudadana que acuerda el art. 42 de la Constitución Nacional sería a través de la celebración de audiencias públicas”.
Por último, los camaristas consideraron “Un cálculo tarifario desmesurado o irrazonable generará altos niveles de incobrabilidad y terminará afectando al mentado financiamiento y, por vía de consecuencia de este círculo vicioso, a la calidad y continuidad del servicio”.