El hecho se remonta hace 17 años atrás y la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia determinó el fallo.
En 2001, una mujer de 26 años, que era madre de cinco hijos, falleció luego de dar a luz a su sexta hija por una hemorragia. El médico que debía asistirla no se encontraba en la localidad y la atendió dos horas después. spués.
Ahora un fallo de segunda instancia confirmó la condena contra dos médicos y el Estado chaqueño.
En este marco, la provincia deberá indemnizar por más de 400 mil pesos al viudo de la víctima y a sus seis hijos. La condena por daños y perjuicios alcanza a dos médicos a quien atendía a la mujer a quien por entonces era médico de dicho centro de salud.
Mala praxis
La sentencia como fallo de segunda instancia ratificó que se trató de un caso de mala praxis. Además, se eximió de responsabilidad por la muerte de la mujer al médico residente que la atendió en la emergencia, por considerar que actuó de acuerdo a lo estuvo a su alcance.
Se estableció que la mujer falleció por la hemorragia sufrida por la tardía extracción de la placenta que no debe demorar más de 30 minutos.
Sin embargo, por la ausencia del médico tocoginecólogo, quién no se encontraba en la localidad de General San Martín la intervención se le practicó recién dos horas después, cuando el cuadro de salud de la mujer se había agravado y, finalmente, derivó en su muerte.