Para renovar el DNI, los adultos tienen que tener el carnet de vacunas al día

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El Senado aprobó el miércoles una ley de vacunas que establece, entre otros aspectos, la obligatoriedad de presentar el certificado de vacunación al día para poder tramitar o renovar el DNI, el pasaporte, la licencia de conducir, residencia o el certificado prenupcial.

Lo que hizo el proyecto es «actualizar la normativa a lo que hoy se considera es el sistema más útil desde el punto de vista preventivo en lo que respecta a la salud pública».

Y enumeró algunos de los puntos clave de la nueva norma, que ahora deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo y reglamentada para su puesta en marcha.

El calendario en adultos sanos indica la vacuna contra la hepatitis B, que consta de tres dosis, y la doble adultos, que protege contra difteria y tétanos cada diez años. Además, los que hayan nacido después de 1965 deberán recibir dos dosis de la triple viral contra sarampión y rubéola después del año de edad y todos los mayores de 65 deberán recibir cada 10 años la antineumocócica y todos los años la antigripal.