Nuevo reglamento para muelles en Parques Nacionales

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La nueva norma apunta a lograr una mayor efectividad y perfeccionamiento en lo relacionado al ordenamiento territorial, paisajístico y ambiental de los espejos de agua en las áreas protegidas.

La Administración de Parques Nacionales (APN) informa que se encuentra vigente el nuevo “Reglamento para la instalación y/o construcción y uso de muelles y embarcaderos deportivos en los espejos de agua dentro de toda la jurisdicción de la APN”, recientemente aprobado por el Directorio del Organismo.

La actualización de la normativa, que también ofrece referencias y disposiciones específicas respecto a la instalación y uso de boyados y fondeos, responde a la necesidad de determinar líneas de proyección máximas sobre el agua para la posible construcción de muelles, así como de brindar recomendaciones precisas para la generación de estos espacios náuticos conforme a los estándares de seguridad para los navegantes.

En los últimos años se registró un incremento en la solicitud de construcción de muelles por parte de asociaciones civiles, clubes, hoteles, hosterías y marinas, lo que también motiva la necesidad de contar con disposiciones específicas para ello que contemplen la sustentabilidad de este tipo de infraestructura náutica. De este modo, la nueva norma pretende además lograr una mayor efectividad y perfeccionamiento en lo relacionado al ordenamiento territorial, paisajístico y ambiental de los espejos de agua bajo jurisdicción de Parques Nacionales.

El reglamento describe el objeto y alcance de las normas y ofrece definiciones y características constructivas con respecto a muelles privados y públicos. Se detallan los procedimientos relativos a la construcción de fondeos, amarras y boyas, así como todo lo relativo a las tramitaciones de proyectos y los cánones.