Pasos que debe cumplir el productor afectado para acceder a los certificados de emergencia

Sociedad

Este documento es esencial para estar contemplado dentro de la Emergencia y/o Desastre Agropecuario que por Decreto Nº 256/19 alcanza a toda la provincia y que fue homologado la semana anterior a nivel nacional, con el objetivo de ser alcanzado por los beneficios establecidos en la ley Nº 26.509 y aquellos que fueron anunciados por el Gobierno provincial.

Los productores pueden gestionar dichos certificados en las distintas Delegaciones del Ministerio de Producción, ubicadas en 29 localidades del interior o bien recabar mayor información en la sede central de Casa de Gobierno, Marcelo T. de Alvear 145, 7º piso, en la ciudad de Resistencia.

COMO ACCEDER AL CERTIFICADO

El productor debe confeccionar una Declaración Jurada donde consigne los campos y las actividades que fueron afectadas (agricultura, ganadería, apicultura, forestal, etc.) y en qué grado o porcentaje de afectación (estimativo o aproximado).

Junto a esta Declaración Jurada, deberá presentar la documentación mínima que avale su condición de productor.

Posteriormente, esta Declaración Jurada será evaluada por la Subcomisión local de Emergencia, que encabeza el intendente de cada localidad, la cual aprobará o desestimará la presentación realizada por el productor.

Una vez que dicha documentación sea aprobada por la Subcomisión local, el Ministerio de Producción estará en condiciones de emitir el Certificado de Emergencia, el que será remitido a la Delegación más cercana al emprendimiento productivo.

También se aclara que por el momento no hay una fecha límite para la presentación de estos documentos, ya que aún existen zonas donde los campos continúan anegados, con caminos cortados e intransitables, que impiden el desplazamiento de los productores afectados por esta situación.

ACLARACIÓN PARA ARRENDATARIOS

El Ministerio de Producción aclara que, en el caso de aquellos productores que al momento de declararse esta emergencia estaban rentando un campo, el procedimiento es el mismo, ya que el Certificado de Emergencia es otorgado a la persona que trabajó el establecimiento que está afectado por la inclemencia y que realizó las inversiones correspondientes.
En el caso de un arrendatario, el mismo debe presentar el contrato de alquiler de ese campo. También contempla esta situación a quienes tengan el campo en comodato, en una sucesión, sociedad de hecho u otras. El productor debe acreditar en este caso el haber realizado una inversión o que tenía la posesión del campo al momento de la inclemencia climática.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La documentación completa a presentar por los productores es la siguiente:
✔️Formulario de Declaración Jurada, firmado personalmente por el productor ante el delegado del Ministerio de Producción, quien certifica la firma.
✔️Fotocopia del DNI. CUIT (Constancia actualizada de AFIP).
✔️Constancia de inscripción en ATP. Fotocopia del título de propiedad y/o contrato de arrendamiento con fecha del año 2018, debidamente certificada la firma por escribano público o juez de paz o con sello de ATP que demuestre la fecha y/o contratos de comodato, pastaje, etc.

🔺Si es productor ganadero, debe presentar las últimas dos Actas de vacunación (1° campaña 2018 y 2º campaña 2018).

🔺Si es productor algodonero, debe presentar constancia de inscripción en el Registro Algodonero o en el SISA.

🔺Si es productor cerealero, tiene que presentar constancia de inscripción en el Registro de Operadores de Granos o en el SISA.
🔺Si es productor apícola, debe presentar la constancia de inscripción en el RENAPA.

Si es productor forestal, tiene que presentar el número de productor forestal y de permiso de explotación

Cabe destacar que en casos particulares, la Subcomisión local de Emergencia puede solicitar información adicional para verificar el grado de afectación de las producciones declaradas.