El Máximo Tribunal desestimó un pedido de los defensores del pueblo provinciales, para frenar el aumento energético en la región. Entienden que los mismos carecen de legitimación activa para cuestionar normas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, desestimó las demandas colectivas promovidas por los defensores del pueblo de las provincias de Chaco, Corrientes y Formosa por falta de legitimación para cuestionar resoluciones dictadas por autoridades nacionales en materia de suministro de luz (resolución n° 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación) y de peajes (resolución n° 46/2016 de la Dirección Nacional de Vialidad).
De este modo, el Máximo Tribunal ratificó la doctrina sentada en sus precedentes de Fallos 329:4542, 340:745 y 341:1727, en el sentido de que los defensores del pueblo provinciales carecen de legitimación activa para cuestionar normas dictadas por autoridades nacionales.
En esta oportunidad, al admitir los recursos interpuestos por la representación del Estado Nacional, revocó las sentencias de cámara que habían reconocido legitimación a los defensores del pueblo locales para impugnar distintos actos de carácter nacional y dispuso rechazar las demandas por ellos promovidas, de conformidad con los precedentes citados.