Capitanich presentó su propuesta de reforma constitucional

Politica

En el Centro de Convenciones Gala, y junto a su compañera de fórmula Analía Rach Quiroga y candidatos a diputados provinciales, realizó la presentación de la Reforma de la Constitución Provincial.

Este lunes por la noche, el candidato a gobernador por el Frente Chaqueño, Jorge Capitanich, presentó en el Centro de Convenciones, sus propuestas para una reforma de la Constitución del Chaco. Una gran multitud acompañó al dirigente, así como la candidata a vicegobernadora, Analía Rach Quiroga, y los candidatos a diputados provinciales.

En ese contexto, Capitanich hizo hincapié en la idea de «construir calidad democrática e institucional para las futuras generaciones de chaqueños». «Queremos lograr que esta iniciativa tenga un ámbito de debate social y ciudadano», agregó.

«No queremos imponer hegemónicamente ninguna reforma, sino articular una base con la opinión mayoritaria de la participación de diversos actores», sostuvo.

Asimismo, indicó que no promueve «intereses de un sector», sino que pretende generar condiciones «para mejorar nuestra identidad plurilingüe, multireligiosa y multicultural», expresó.

Entre las iniciativas, remarcó los límites a los mandatos de los gobernadores que han tenido más de dos mandatos; límite a la reelección indefinida de intendentes; de diputados provinciales y concejales; a las asociaciones civiles, fundaciones, sindicatos, asociaciones empresarias; jueces del Superior Tribunal de Justicia; fiscales; entre otros cargos.

«El límite de los mandatos reduce la hegemonía con el fin de promover una sociedad más plural. Se exigirá a los candidatos declaración jurada, antecedentes, certificado de consumos problemáticos, rendición de cuentas por juicio por residencias, entre otros», aseveró.

Estos límites significan poner fin a las reelecciones indefinidas de intendentes, diputados y concejales, así como limitar el cargo a gobernador sólo a dos mandatos sin posibilidad de hacerlo en ninguna otra ocasión. También alcanza a todas las instancias del Poder Judicial, jueces y funcionarios, ya que propone una duración de cinco años mediante concursos de antecedentes y oposición, con la posibilidad de renovar sólo por un período más a través de otro concurso. Los órganos constitucionales de control interno, externo y de tesorería también deberán ser elegidos por concurso. Comprende, además, la elección popular de jueces de paz y fiscales, y la incorporación creciente de nuevos funcionarios al sistema.

Este sistema implicaría la eliminación del Consejo de la Magistratura, “y la incidencia corporativa y política en la carrera judicial”, indicó el intendente de Resistencia. Incluye límites de dos mandatos de tres años con una sola reelección para entidades de la sociedad civil: asociaciones, clubes, fundaciones, sindicatos y cámaras empresarias.

 

LAS PROPUESTAS

  1. Modificación del Preámbulo con la incorporación de una definición de la identidad provincial como plurilingüe, pluricultural y multireligiosa; la mesa interreligiosa como expresión de unidad en la diversidad, el reconocimiento de las comunidades originarias, sus derechos y lenguas (Qom, Wichi, Moqoit), junto al castellano-español. Del mismo modo, el reconocimiento de nuestros inmigrantes y de las poblaciones criollas que forman parte de la identidad de nuestro pueblo.
  2. Introducción de una cláusula ética con requisitos formales y sustanciales para los candidatos a cargos electivos, con la revisión de los actos administrativos de funcionarios y representantes elegidos por voluntad popular. Cada candidato o funcionario deberá contar con: a) certificado de antecedentes judiciales, b) certificado de antecedentes policiales, c) certificado de buena conducta, d) certificado clínico para detección de consumos problemáticos.Además, cada candidato o funcionario deberá proveer una declaración jurada de ingresos, declaración jurada patrimonial, evolución y justificación de ingresos. Esta cláusula ética debe cumplir con el juicio por jurados para la evaluación del cumplimiento de la función en virtud de la declaración jurada patrimonial, cumplimiento de metas físicas y financieras. Debe incluir, además, el juicio de residencia por mandato constitucional.
  3. Introducción de una cláusula de responsabilidad fiscal, que contenga sostenibilidad de garantías de resultado fiscal primario y financiero equilibrado, reprogramación automática de flujos de servicios de vencimiento de capital e intereses de la deuda por ley de presupuesto, siempre que no aumente el stock.
  4. Hacer valer la potestad provincial y municipal del uso el espacio aéreo.
  5. Regulación de los procesos de colegiación obligatoria, con normas éticas para el ejercicio de las actividades profesionales.
  6. Regulación de la pauta oficial, con parámetros objetivos de distribución y regulación de la difusión de actos de gobierno y publicidad estatal.
  7. Límite de dos mandatos a cargos efectivos para Intendentes, Concejales, Diputados Provinciales y Gobernador. En este último caso, quien haya desempeñado el cargo durante dos mandatos no podrá ser elegido en ninguna otra ocasión.
  8. Límite de dos mandatos de tres años con única reelección para asociaciones civiles, fundaciones, sindicatos y organizaciones empresariales; prohibición expresa de desempeñar el mismo cargo transcurrido dos períodos.
  9. Supresión de la figura del Vicegobernador, con designación del cargo de Gobernador sustituto por delegación de atribuciones a un ministro del Poder Ejecutivo mientras dure la ausencia del Gobernador. Si la ausencia fuere superior a tres meses, el Ministro a cargo deberá convocar a elecciones.
  10. El asiento del gobierno de la provincia se constituye en distrito de gobierno con autonomía financiera fiscal y legal.
  11. La Cámara de Diputados estará compuesta por 25 miembros, con una combinación de representación popular y de circunscripciones por regiones, garantizando un equilibrio entre ambas representaciones.
  12. La Cámara de Diputados deberá tener un límite en el número de empleados, con unidades retributivas para el cuerpo de asesores.
  13. El Poder Judicial deberá efectuar concursos de antecedentes y oposición para cubrir cargos con una duración de cinco años, y opción a un nuevo concurso por un período similar. Los concursos deberán realizarse con la intervención de un jurado de alta calificación profesional, con especialización en la materia y prestigio académico. Transcurrido diez años en el ejercicio de la responsabilidad de la judicatura, no podrá concursarse por un nuevo período. El sistema implicaría la eliminación del Consejo de la Magistratura.
  14. El presupuesto, la carrera judicial, los concursos y la estructura de cargos deberá guardar proporción técnica en materia de recursos por norma constitucional y regulada por ley anual.
  15. Deberá establecer un límite en el número de Ministerios para evitar crecimiento de la estructura de cargos. Del mismo modo, y en forma congruente con la responsabilidad fiscal, deberá prohibirse los pases a planta en el último año de gestión y establecerse la eliminación de cláusulas compulsivas respecto del ingreso del personal al Estado.
  16. Deberá incluir la descentralización de funciones desde la provincia a los municipios, como: a) potestad de tributos cruzada entre provincia y municipios en virtud de capacidad contributiva, capacidad institucional y potencialidad recaudatoria, b) atención primaria en la salud y administración de centros de salud, c) mantenimiento preventivo y correctivo de establecimientos educativos, d) administración de los juzgados de falta con competencia provincial para fusionar el sistema punitivo de contravención, e) mantenimiento preventivo y correctivo de edificios, programas de cercanías comunitarias, f) administración descentralizada de la Administración Provincial del Agua en el AMGR, g) administración del Registro Civil, de Propiedad Inmueble, y regulación de los demás registros. En todos los casos, deberá incluirse la transferencia de recursos para su administración.
  17. Deberá incluir una nueva modalidad de ejercicio de atribuciones y potestades en el Departamento Ejecutivo de los municipios y un esquema de organización de las regiones de la provincia.
  18. Deberá incluir cláusulas de transparencia del presupuesto público, acceso a la información, obligatoriedad de la publicación de la contabilidad patrimonial del sector público.
  19. Deberá contemplar un sistema de información y comunicación digital, agenda abierta de participación ciudadana y un sistema de enmiendas de hasta 5 artículos por mandato constitucional, ratificado mediante plebiscito en oportunidad de elección.
  20. Las elecciones de cargos municipales y provinciales, tanto en los poderes legislativos como ejecutivos, deberá revisarse cada cuatro (4) años, eliminándose las elecciones inmediatas.
  21. Reforma de los procesos de designación de los titulares de los organismos de control interno y externo, tesorería y contaduría por vía de concursos abiertos de antecedentes y oposición.
  22. Ratificación de la ley de seguridad democrática, del Comité de prevención contra la tortura, tratos crueles e inhumanos.
  23. Regulación de la participación de representantes de los usuarios en el directorio de las empresas públicas, con la apertura de la inversión de municipios, cooperativas y capitalización por parte de personas físicas y/o jurídicas, hasta el 49% del capital social.