Cuando se realice el escrutinio definitivo de las PASO de la provincia de Buenos Aires que tuvieron lugar el 11 de agosto, el precandidato a gobernador Axel Kicillof alcanzará el 52,5% de los votos y María Eugenia Vidal el 34,6%. Estos números significan una diferencia con respecto a lo informado el domingo (49,34% contra 32,56%) debido a que en el cómputo del escrutinio provisorio el Gobierno decidió incluir los votos en blanco.
Esto se debió a una decisión de la administración de Vidal ya que la ley provincial es clara y determina que no debe ser contados los sobres vacíos (habla de votos positivos válidamente emitidos). Lo que sucedió fue una unificación de criterios para el conteo y se tomó como referencia la Ley Nacional Electoral, que sí toma en cuenta el voto en blanco.
A raíz de esto, los números cambiarán porque el escrutinio provisorio no tiene validez: solo sirve para informar a la ciudadanía los resultados del comicio. Lo que vale en cada elección es el escrutinio definitivo, que lo realiza la Justicia Electoral y el Gobierno no tiene incidencia. Allí se hace el recuento según la ley de cada distrito y, aplicando la bonaerense, Kicillof supera el 52%.
El objetivo de las PASO es determinar qué precandidatos alcanzan el 1,5% y pueden presentarse para competir en las generales de octubre. Por eso, según la ley nacional, se incluyen los votos en blanco en el recuento, algo que no sucede en la primera vuelta. Pero la ley de la provincia de Buenos Aires es distinta y tampoco los toma en cuenta para las Primarias. Por eso, es la Justicia, luego del escrutinio definitivo, quien en rigor informa qué postulantes superaron el umbral del votos para participar de la contienda.
«Quienes se presentaren como candidatos en las elecciones primarias y no resultaren electos no podrán postularse en la elección general. Para poder participar en la elección general, los partidos políticos, agrupaciones municipales, federaciones y alianzas transitorias electorales, deberán obtener como mínimo el uno y medio por ciento (1,5%) de los votos positivos válidamente emitidos, aún en el caso de lista única», es el texto de la ley 14.086.