Una vez que se detecta la «infracción», se solicita a las entidades que informen de qué se trata la operación para evaluar con más profundidad cada caso y analizar si deben ser tener sanción sólo las personas que realizaron la compra o se debe incluir a la entidad financiera.
Aquellos que sean sumariados se verán imposibilitados de operar en el mercado de cambios y quedarán a disposición de la Ley Penal Cambiaria, que puede implicar penas de seis meses hasta ocho años de prisión para reincidentes.
Según pudo saber este medio, las autoridades no descartan medidas adisjonales si persisten este tipo de infracción.
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Fuente: ámbito.