Sobreseyeron a Cristóbal López y Fabián De Sousa

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El fallo podría ser la clave para que la defensa reclame nuevamente la libertad de los empresarios, que habían sido detenidos en diciembre de 2017. Mientras tanto, sigue el juicio oral que enfrentan junto a Ricardo Echegaray, ex jefe de la AFIP, por el no pago de 8 mil millones de pesos del impuesto a los combustibles

Los empresarios Cristobal López y Fabian De Sousa fueron sobreseídos por la supuesta venta del grupo Indalo. La decisión fue tomada por la jueza María Eugenia Capuchetti, tras el dictamen del fiscal Ramiro González que entendió que el delito no existió, confirmaron a Infobae fuentes judiciales.

El dato es clave: fue precisamente esa supuesta venta la que derivó en la detención de los responsables del grupo Indalo en diciembre de 2017. Este sobreseimiento – que beneficio también a Ignacio Rosner y Santiago Dellatorre- podría implicar que las defensas reclamen al Tribunal Oral Federal 3 su libertad.

López, De Sousa y el ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray están siendo juzgados por no haber pagado al fisco 8 mil millones de pesos destinados al impuesto al combustible. Ayer, De Sousa sostuvo que hubo una persecución política por parte del presidente Mauricio Macri. Mientras tanto, el candidato a presidente por el Frente de Todos, Alberto Fernández, fue uno de los críticos de la prisión preventiva dictada sobre los responsables del Grupo Indalo.

A fines de diciembre de 2017, el juez Julian Ercolini los procesó a los dos empresarios y a Echegaray por defraudación al Estado y dispuso la detención de los dos primeros por entender que quisieron engañar a la justicia. Así ordenó abrir una investigación penal paralela para saber si existió una venta de acciones de empresas del grupo Indalo al grupo Ceibo (a cargo de Rosner y Dellatorre), cuando existía una expresa inhibición general de bienes para hacerlo.

La detención de Lopez y De Sousa duró hasta marzo de 2016 cuando los ex jueces de la Cámara Federal Jorge Ballestero y Eduardo Farah recaratularon la causa por evasión y ordenaron la excarcelación. El fallo indignó al Gobierno y hasta el propio Macri lo cuestionó públicamente. El 27 de abril, en una decisión dividida, Casación dejó en pie el criterio de Ercolini y volvió a detenerlos. Desde entonces, los empresarios están presos.

Mientras tanto, avanzó la causa que investigaba la supuesta venta del grupo Indalo. El caso, primero en manos del juez Marcelo Martínez de Giorgi, luego a cargo de Ariel Lijo y actualmente en manos de Capuchetti, recolectó diversas medidas de prueba y testimonios. Pero el fiscal González entendió que la maniobra no había existido y por eso no había elementos para seguir impulsando la causa.

Según la resolución a la que accedió Infobae, el fiscal analizó dos hipótesis: por un lado, las supuestas transferencias indebidas de títulos valores (acciones) y, por el otro, los supuestos movimientos patrimoniales y económicos que habría habido desde el cambio de autoridades que habrían tenido como fin engañar a los intervinientes en la causa Oil Combustibles.

Con la intervención interdisciplinaria de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO) de la Corte Suprema, la justicia estableció que «no hubo transferencia accionaria» del grupo. Sostuvo la jueza: «Concluyo que la falta de registros se explica en el hecho claro, conciso y -a esta altura del proceso- ineludible de que no hubo transferencia accionaria pues, pese a la sensación de que se encontraban realizando un ardid tendiente a confundir a las partes de aquel expediente que originó la formación de esta causa, los imputados realmente habían puesto en consideración del Magistrado (Ercolini) la autorización para que se realice la transferencia accionaria».

Sobre los movimientos patrimoniales, en tanto, Capuchetti dijo que «dentro del acotado objeto procesal habilitado por el Ministerio Público Fiscal en la presente causa vinculada con la cuestión patrimonial, tampoco se advierte que ello haya sucedido».

«Nos encontramos ante un grupo societario que contaba con veedores ordenados por esta Justicia Federal, como así también administradores emplazados por la Justicia Comercial y síndicos intervinientes en el marco del concurso de acreedores de una de las principales empresas del mentado grupo», se resaltó.

Frente a este escenario, Capuchetti afirmó: «Existe una traba legal que impide la prosecución de las actuaciones, pues el titular de la acción penal (fiscal) ha optado legal y fundadamente conforme por no impulsarla y, más aún, por cerrar el sumario tomando un temperamento de carácter definitivo al no haber sido posible comprobar los extremos de la denuncia. En ese sentido, corresponde señalar que es claro que los fiscales deben ser objetivos en el cumplimiento de su función y sujetarse estrictamente a la ley, por lo que cuando no encuentran reunidos los extremos necesarios para proseguir con la acusación, deben pedir la conclusión de la misma».

Así las cosas, el fallo concluyó con el sobreseimiento de Cristóbal López, Carlos Fabián de Sousa, Ignacio Rosner y Enrique Dellatorre Balestra. El fallo aún no está firme, aunque -a diferencias de otros casos- fue el propio fiscal el que entendió que no había delito por lo que se descuenta que no habrá apelación. En ese sentido, fuentes judiciales indicaron que la defensa plantearía en los próximos días ante el TOF 3 la excarcelación de De Sousa y Cristóbal López.