El grupo de investigación desarrolla actualmente un estudio que aborda la problemática de contratación electrónica en el país en relación a las garantías jurídicas que se brinda a los consumidores.
Por los avances tecnológicos de los últimos años, en el país crecieron notoriamente las contrataciones electrónicas, principalmente por operaciones de compra-venta. Sin embargo, los cambios en el marco jurídico argentino no acompañaron este nuevo formato en cuanto a la protección de consumidores, según sostienen investigadores de la UNNE que buscan aportar a mejoras normativas ante dicha problemática.
En Argentina la regulación normativa de la contratación electrónica contiene aspectos generales de la misma, pero no en lo que hace al marco necesario para la protección de los consumidores que pueda considerarse como un marco seguro de contratación online.
«Si bien la tecnología ha evolucionado en forma veloz, los cambios en el marco jurídico no acompañan este crecimiento y actualización constante» según sostiene Ingrid Rosas Villarrubia, integrante del grupo de investigación «Deodoro Roca» de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la UNNE, que es dirigido por la Doctora Dora Ayala.
El grupo de investigación desarrolla actualmente un estudio que aborda la problemática de contratación electrónica en el país en relación a las garantías jurídicas que se brinda a los consumidores.
El retraso de la normativa jurídica respecto a la contratación electrónica se ve acentuado por la falta de un organismo específico encargado de la problemática, debido a que la modalidad de vinculación electrónica emergente en esta relación presenta diferencias comparadas con las problemáticas de los consumos generales tradicionales.
En ese sentido, el objetivo de la investigación de la Facultad de Derecho de la UNNE es abordar la problemática en cuanto a seguridad de los contratos electrónicos, y se focaliza en la importancia que reviste la seguridad jurídica que debe brindar el sistema legal y el análisis de la regulación existente en el sistema argentino, abarcando a grandes rasgos una mirada global en cuanto a su regulación.
Según las conclusiones preliminares, observadas en poco más de un año de investigación, se manifiesta en la necesidad de que la seguridad jurídica en el país sea reforzada dentro del sistema legal y preventivo, debido a las falencias existentes que surgen de contar con un sistema precario en cuanto a protección y seguridad de los datos de los consumidores, como también respecto a situaciones de robo de información de tarjetas de crédito, robo de datos y fraude online.
Dicha afirmación de la existencia de inseguridad jurídica en nuestro país se refuerza debido a que Argentina figura como el cuarto país que recibe mayor amenazas y ataques cibernéticos, lo cual pone en manifiesto el grado de inseguridad jurídica existente en el país, dato que puede impactar negativamente en las relaciones comerciales entre las poblaciones de diferentes países.
Para los autores del trabajo, las dificultades emergentes en la práctica en esta clase de contratación, de ausencia de seguridad jurídica en el sistema argentino, se hace presente no solo al momento de la celebración del contrato, sino en toda la etapa contractual, como ser la inseguridad en cuanto a los medios de pagos o la falta de certidumbre del cumplimiento en el contrato por parte del proveedor.
La falta de seguridad se maximiza en la etapa de reclamo en el caso de no poder hacer efectiva la pretensión de compra debido a que el proveedor, con quien pacto el contrato, no puede ser individualizado y por ende no se puede dar curso a su reclamo, o el caso de ausencia de un órgano especializado en materia contractual electrónica que pueda dar una resolución conforme a la realidad circundante en esta materia.
Según la abogada Rosas Villarrubia, es fundamental que, en el marco de operación contractual, se encuentre presente la seguridad jurídica que debe ofrecer el marco legal, para que toda persona pueda negociar libremente buscando reducir el impacto negativo en cuanto el uso del medio electrónico para el intercambio entre el proveedor y el consumidor, lo que produce un efecto positivo en la economía de un país.
«La seguridad jurídica dentro del marco legal se traduce en la certeza de protección o de derecho frente a alguna situación anómala, en este caso de conclusión irregular del contrato» remarcó la autora de la investigación que, en el marco de la “XXV Reunión de Comunicaciones Científicas y Tecnológicas” de la UNNE, fue seleccionada para representar a la Universidad en las “XXVII Jornadas de Jóvenes Investigadores AUGM” que se hará del 23 al 25 de octubre en la Universidad Federal de São Carlos (UFSCar), Brasil.
Por su parte, la directora del proyecto, Dra. Dora Ayala, explicó que se está frente a una problemática que no ha sido resuelta en forma plena, y obedece a que el sistema legal argentino da aplicación analógica de normas que regulan contratos celebrados personalmente o por correspondencia y los aplica a los contratos electrónicos.
«Dada la diferencia latente entre ambas clases de contrataciones, se deja un espacio sin regular; lo que implica la existencia de un margen de incertidumbre en cuanto a la normativa que debe recurrir el consumidor antes una situación de frustración contractual» indicó.
Detalló que en la mayoría de las transacciones online se exige el pago previo, dando lugar a la falta de certeza o inseguridad en cuanto al cumplimiento de las obligaciones de la otra parte, problema subsistente en el caso de incumplimiento por parte del proveedor, siendo que gran parte opta por no efectuar el reclamo debido a los costos, la incertidumbre y la disparidad normativa en cuanto a la aplicación del régimen y la complejidad de este, generando además dificultad en los operadores jurídicos.
En vista a lo analizado hasta el momento, los investigadores de la Facultad de Derecho de la UNNE consideran que los contratos electrónicos celebrados dentro de nuestro país, además del régimen local, debería ser regulado por una normativa específica que se ajuste las características de esta clase de contratos que responda a reglas uniformes internacionales, sin convertirse en un obstáculo al libre flujo emergente en esta modalidad, pero que brinde seguridad jurídica para mejorar la confianza en esta clase de contrataciones.
Para ello se requiere una regulación «microsistémica», armónica con la ley de defensa del consumidor con la finalidad que responda a la necesidad de protección en toda relación de consumo.
Con el fin de contextualizar el tema, explican que en Argentina, de acuerdo con el informe de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), se evidenció un crecimiento del 52% de las compras online entre 2017 y 2018, siendo gran parte de las ventas a través del uso de tarjeta de crédito.
Respecto a la seguridad jurídica dentro del ámbito de la contratación electrónica, desde la misma organización (CACE) se expusieron estadísticas que arrojan una cifra aproximada de 53 estafas por hora dentro del marco del comercio electrónico argentino, lo que es un número importante de consumidores afectados dentro de esa relación de consumo.