Así lo resolvió la Corte Suprema, en el marco de las iniciativas de Mauricio Macri para paliar la crítica situación que atraviesa el país. Se trata, por ejemplo, de la quita del IVA a productos alimenticios y el nuevo monto para quienes deben rendir impuesto a las ganancias.
La decisión fue adoptada en una causa en la que la provincia de Entre Ríos impugnó el decreto 561/19, que encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una reducción en la base de cálculo de las retenciones para el cálculo del impuesto a las ganancias a determinados sujetos y una reducción de un 50% de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019.
También planteó la inconstitucionalidad del decreto 567/19 en tanto dispuso una alícuota del 0% en el Impuesto del Valor Agregado para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.
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Fuente: ámbito.