Informaron que apelarán la medida judicial, ratificando la designación provisoria de cargos hasta tanto se llame a concurso de antecedentes y oposición.
El titular de la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, Eduardo Colombo, informó que desde el Gobierno Provincial se apeló al amparo dispuesto por la Justicia en el que no permite avanzar en las disposiciones administrativas por la cual se designó en carácter provisorio al personal en cargos. “No estamos violando la carrera administrativa de ningún agente”, aseguró respecto de los reclamos gremiales que movilizaron la medida judicial.
Colombo indicó que desde la sanción de la Ley 6723, que creó la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio en 2010, se trabajó sin estructura orgánica. El Inspector general en ese entonces dictó varias disposiciones administrativas para estructurar el área, poniendo a cargo transitoriamente a distintos trabajadores, los cuales comenzaron a cobrar bonificaciones de subrogancia.
Ante esta situación, a partir del 2016 se inició un trabajo de reorganización para establecer procesos administrativos claros, a través del cual se dispuso acciones y responsabilidades a nuevos agentes. Cabe destacar que las designaciones entre el 2016 y 2018 son de responsabilidad y no cobraban remuneración por subrogancia, por no existir cargos presupuestados.
En agosto del 2019, después de tres años de trabajo, se aprobó la estructura orgánica de la Inspección y a partir de ello se designó provisoriamente a distintos agentes, hasta que se llame a concurso para ocupar los cargos de Direcciones y Departamentos. “Estos trabajadores designados venían cumpliendo acciones y responsabilidades en las distintas áreas administrativas, y ellos junto a otros agentes garantizaron el normal desenvolvimiento de la Inspección, con capacidad, dedicación y contracción al trabajo y el servicio de atención al usuario”, expresó Colombo.
El titular de Personería Jurídica aseguró que, según las normativas vigentes, tiene la facultad de designar transitoriamente al personal y asignar responsabilidades hasta tanto se llame a concurso de antecedentes y oposición. “Además el Decreto Nº 1441/93 establece claramente el proceso de subrogancia”, sostuvo Colombo, al explicar que en toda la Administración Pública, el procedimiento para acceder a la bonificación por subrogancia, establece el dictado de una Disposición Administrativa, por autoridad competente -en este caso el Inspector-, y posteriormente al cumplir los 31 días en el cargo, se inicia el trámite para el pago de la bonificación de subrogancia, y ésta dura hasta tanto se llame a concurso de antecedentes y oposición. “Los antecedentes administrativos que obran en nuestro organismo, son suficientes y hablan por sí solos”, ponderó.