Este martes, los fiscales federales Carniel y Sabadini realizaron una denuncia penal para que se investigue a las mujeres que fueron las primeras en confirmarse la enfermedad, y que habrían contagiado a varias personas allegadas. La imputación es por «Propagación de coronavirus».
Los fiscales Federico Carniel y Patricio Sabadini investigan a las mujeres por «presunta infracción al artículo 202 del código penal, y las penas que establece este delito va desde los 3 a 15 años de prisión, además del pago de multas.
En el escrito presentado a la jueza Niremperger, según da cuenta Agencia FOCO, los fiscales sostienen que: “…este Ministerio Público considera prima facie que las supuestas conductas ilícitas en que incurrieron las personas imputadas, halla adecuación típica en la figuras penales previstas por el artículo 202 del Código Penal, para lo cual se requiere la apertura de una instancia de investigación a los fines de establecer la concurrencia de los elementos de configuración de los tipos penales en cuestión y la participación criminal desplegada en relación a los mismos, ello sin perjuicio de que en el curso de la presente investigación se determine conculcada alguna otra norma sustantiva”.
El delito
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 202 del Código Penal: «Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas. El delito requiere en su faz objetiva el despliegue de la acción de propagar una enfermedad, si bien existen distintas consideraciones en torno a definición de los contornos e implicancias de esta acción, entiendo que se trata de una conducta peligrosa concreta, no siendo necesario el contagio de alguna persona y sí la propagación de la enfermedad con riesgo para las personas en general”.
Los fiscales entienden que “es suficiente el acto de propagación, es decir de difusión de gérmenes, aunque no se afecte a ninguna persona. La jurisprudencia ha sostenido en este sentido que se trata de un delito de peligro, y que para la tipicidad no se requiere un cuero enfermo, sino la sola existencia de una enfermedad, un acto propagador y las condiciones de contagiosa y peligrosa para aquella».
«En tanto que desde el punto de vista subjetivo se trata de un tipo doloso, reclamando en el autor el conocimiento de que propaga una enfermedad contagiosa y peligrosa y la voluntad de hacerlo, admitiendo el dolo eventual”.
En tal sentido solicitan: 1)- Se tenga por formulado requerimiento de instrucción judicial, conforme los arts. 180 y 188 1º y 3º párrafos del Código Procesal Penal de la Nación. 2)- Se tenga por indicadas las pruebas y oportunamente se disponga su producción.
EL CASO
Según da cuenta Infobae, una madre de 71 años y su hija, de 34, serían responsables de la propagación del coronavirus en Chaco, donde los infectados ya son 10 (además de un fallecido): los “casos cero”, la línea directa con la infección del primer niño afectado en el país. Por eso, dos fiscales federales de esa provincia imputaron a las mujeres por el delito de propagar una enfermedad (artículo 202 del Código Penal) y solicitaron a la Justicia Federal activar una investigación para juntar pruebas de esta hipótesis.
El requerimiento de instrucción fue presentado este martes por los fiscales Patricio Sabadini, fiscal federal de Primera Instancia, y Federico Carniel, fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, a la jueza federal Zunilda Niremperger y se basa en una nota publicada por Infobae donde se describe la línea de contagio en Chaco.
En el apartado tercero del pedido, los investigadores le explican a la magistrada que “conforme surge de la noticia periodística de titulo ‘La historia del primer niño con coronavirus en Sudamérica y los seis casos positivos en Chaco: la cronología de un contagio’, publicada en el portal digital de noticias infobae.com, y se agrega al presente, surge que el Ministerio de Salud de Chaco informó un séptimo caso de coronavirus en el territorio provincial. En tal sentido, salvo César Cotichelli, quien murió por los efectos del virus el viernes 13 de marzo, los otros seis pacientes responden a la misma línea de contagio: dos mujeres que volvieron de un viaje por Europa y, al llegar, no entraron en cuarentena correspondiente».
Para Sabadini y Carniel, las conductas de ambas mujeres se insertan en el marco de una emergencia sanitaria mundial “de público y general conocimiento, decretada por la Organización Mundial de la Salud”, con el agravante, según los investigadores, de que la madre, de 71 años, sería médica de profesión, “lo que la coloca, como profesional de la salud, ante una situación especial de garantía y conocimiento especializado, que tornan de mayor gravedad a las infracciones incurridas de cara a la lesión del bien jurídico salud pública”.
El artículo 202 del Código Penal, que pretenden aplicarles a las mujeres, dispone una pena de prisión de 3 a 15 años para «el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”.
“La norma penal tiene como anclaje de protección el bien jurídico ‘Salud púbica’, procurándose evitar con la tipificación de estas conductas, la propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa que afecte a las personas de manera indeterminada”, consideraron los fiscales en el requerimiento, al que tuvo acceso este medio.
Además, entendieron que para cometer este delito de propagación, no es necesario contagiar a alguna persona, sino que poner en riesgo a los demás ya es una conducta peligrosa.
“Para la consumación del delito es suficiente el acto de propagación, es decir de difusión de gérmenes, aunque no se afecte a ninguna persona. La jurisprudencia ha sostenido en este sentido que ‘se trata de un delito de peligro, y que para la tipicidad no se requiere un cuerpo enfermo, sino la sola existencia de una enfermedad, un acto propagador y las condiciones de contagiosa y peligrosa para aquella’», describieron los fiscales a la jueza Niremperger.
Para Sabadini y Carniel se trata de una propagación dolosa, ya que según ellos, ambas mujeres conocían que podían estar propagando una enfermedad y no hicieron nada para evitarlo.
Entre otras medidas de prueba, los fiscales solicitaron a la jueza que se envíe un oficio al Ministerio de Salud chaqueño para que informe los datos de individualización y domicilio de los ciudadanos de esa provincia que dieron positivo para Coronavirus y que informe el mapa de personas presuntamente comprometidas por el contacto con estas dos mujeres y el padre del menor de edad contagiado. Además de la cadena de contactos que podrían haber establecido las dos imputadas desde su regreso al país.
Madre e hija llegaron al aeropuerto de Resistencia desde España, vía Asunción, el viernes 28 de febrero. Al día siguiente, la hija, una becaria de investigación de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Nordeste con servicio activo en el Departamento de Geografía de la Facultad de Humanidades, recibió en la casa que comparte con su pareja, un hombre de 38 años, a los hijos de él: un nene de cinco y otro de cuatro.
La madre, su hija, la pareja de su hija, el hijo menor de la pareja de su hija, una mujer de 64 años que tuvo contacto casual con uno de los casos importados y un hombre de 30 años que tuvo un vínculo estrecho con ésta última son las seis personas infectadas con coronavirus en Chaco, todos oriundos de Resistencia, que se cree que siguen la raíz de contagio de estas dos mujeres. Específicamente de la joven de 34 años.
Una semana después de su regreso ella comenzó a sentir síntomas compatibles con la enfermedad y se presentó en un centro de salud. Desde entonces se encuentra en cuarentena junto a su madre, pero antes de su aislamiento había cursado una vida normal.
Ella volvió un viernes: el sábado, en la casa de su pareja, recibieron a los dos hijos del hombre, de 38 años, de acuerdo al régimen de visitas acordado con la mamá de los nenes. Los hermanos se quedaron a dormir y mantuvieron un contacto estrecho con la mujer de 34, que desconocía que ya estaba infectada y tampoco tenía síntomas.
Así, se contagió uno de los chicos. Después de que a ella le notificaron que había contraído el virus Covid-19, los dos niños quedaron en aislamiento voluntario en la casa de su madre. El martes pasado le realizaron un hisopado a ambos y el miércoles enviaron los estudios en un avión sanitario al Instituto Malbrán de Buenos Aires; el viernes 13 -el mismo día en que murió en el país el segundo paciente infectado, casualmente un ingeniero de Resistencia, que en principio no se habría infectado por la línea de las mujeres- tuvieron los resultados: al mayor le dio negativo, pero el menor tuvo positivo.
Así, se convirtió en el primer niño diagnosticado con coronavirus en Sudamérica. María Elisa Flores, la jefa de la Dirección de Epidemiología del Ministerio de Salud de Chaco, informó, en diálogo con Infobae, que todos los pacientes de la provincia se encuentran en buen estado, en cuarentena domiciliaria y con síntomas leves, salvo la mujer de 64 años que contrajo el virus producto de un contacto casual, quien está internada en terapia con asistencia respiratoria. Las autoridades de la cartera sanitaria habían comunicado que el contagio se produjo debido a una vinculación cercana con una integrante del círculo familiar que había regresado de un país europeo con categoría de “zona de riesgo”.
Eso es lo que los fiscales Sabadini y Carniel consideran un delito. Por eso esperan la decisión de la jueza Niremperger para comenzar a investigar las responsabilidades de ambas mujeres y, más pronto que tarde, citarlas a declaración indagatoria por el delito de propagar una enfermedad peligrosa.
Fuente: FOCO e Infobae.