A través de Decreto de Necesidad y Urgencia, el Gobierno creará el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para las empresas afectadas por la crisis del coronavirus. Este programa tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2020 y podrá ser prorrogado por la Jefatura de Gabinete. En una teleconferencia que mantuvo con intendentes, el presidente Alberto Fernández dijo que se destinarán «más de 380 mil millones de pesos para auxiliar a las empresas y a las PyMEs» a través del programa, que se financiará a través de la ANSeS.
Según el proyecto de DNU en que están trabajando diferentes áreas del Gobierno, las empresas que adhieran a este programa obtendrán reducciones en las cargas patronales de hasta el 95% y el Estado (a través de la ANSeS) pagará una parte del salario de los trabajadores.
A cambio de esos beneficios, las compañías que adhieran no podrán disponer despidos sin causa y/o por “fuerza mayor”. En tanto, los trabajadores que hayan sido despedidos sin causa y/o por razones de fuerza mayor después del 29 de febrero “deberán ser incorporados nuevamente bajo las mismas condiciones laborales”, dice el texto del proyecto de DNU al que accedió Clarín. Los días en que el trabajador estuvo despedido no serán abonados, según estipula la norma.
El Programa contempla:
Postergar el vencimiento de las contribuciones patronales al Sistema de Jubilación-SIPA (no incluye obras sociales y PAMI) devengadas en los meses de marzo y abril de 2020 .
Reducir hasta un 95% el pago de las contribuciones patronales durante el mes de abril que se destinan al sistema previsional (ANSeS) en las empresas de hasta 60 trabajadores desde el 29 de febrero pasado. Las empresas de más de 60 trabajadores, para acceder a este beneficio deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis.
Se otorga una Asignación Compensatoria al Salario, para las empresas de hasta 100 trabajadores del sector privado, comprendido en los convenios colectivos de trabajo ( no abarca a los trabajadores directivos “fuera de convenio”) equivalente a la mitad hasta el 100% del salario mínimo (entre $ 8.437,50 y 16.875 pesos).
El empleador podrá deducir esa asignación que ANSeS le paga al trabajador del salario neto de ese trabajador porque “se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones del personal afectado, debiendo los empleadores abonar el saldo restante de aquellas hasta completar las mismas. Dicho saldo se considerará remuneración a todos los efectos legales y convencionales”.
Con respecto al importe de la Asignación Compensatoria al salario también habrá una escala:
Hasta 25 trabajadores de una empresa, se hace cargo ANSES del neto del salario con un máximo de un salario mínimo por cada trabajador ( $ 16.875)
De 26 a 60 trabajadores: ANSES se hace cargo del salario neto con un máximo equivalente al 75% del salario por cada trabajador ( $ 12.656)
De 61 a 100 trabajadores: ANSES se hace cargo del salario neto con un máximo equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajador.( $ 8.437,50) A través del Repro, o sea, empresas de situación de crisis ANSes pagará una suma no remunerativa de entre 6.000 y 10.000 pesos a todos los trabajadores en relación de dependencia bajo convenio del sector privado que superen los 100 trabajadores. También en este caso el empleador toma a cuenta del salario neto el cobro de la Asignación que le paga ANSeS.
Estas asistencias están destinadas a las empresas afectadas “en forma crítica en las zonas geográficas” donde tienen sus actividades o que acrediten “una sustancial reducción de sus ventas después del 20 de marzo», o que tengan trabajadores contagiados por el coronavirus o en cuarentena o con dispensa laboral por estar “en grupo de riesgo” u obligaciones de cuidado familiar relacionadas con el coronavirus.
Fuente: Clarín.